Me gustaría saber si existe algún impedimento para que una S.L. realice la actividad de prestamista (concesión de créditos al consumo en cantidades pequeñas, entre 500.000 y 1 millón de las antiguas ptas.). La única regulación legal que encuentro es la de los Establecimientos Financieros de crédito (S.A. y capital mínimo de 850 millones ptas!!) o bien la de persona física como tal prestamista. Ni el Mº de Economía ni las Cámaras de Comercio saben responderme ¿Podéis ayudarme? Gracias de antemano. Un saludo.