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condiciones para alquilar vivienda sin muebles

3 Comentarios
 
15/02/2015 11:56
Aunque la LAU no dice nada al respecto se entiende que la vivienda se entrega con los mínimos para su habitabilidad que son placa de cocina, horno y campaña extractora, calentador/caldera que son elementos fijos que forman parte de la vivienda, cosa bien distinta a un frigorífico de libre instalación o una lavadora, a excepción de viviendas en los que el frigorífico está integrado en el mobiliario de la cocina. Hay inquilinos que vienen de otros alquileres con su propio frigorífico o lavadora. Hay otros que cuando buscan piso quieren que ya tengan éstos electrodomésticos.
14/02/2015 23:37
O sea, que si el arrendatario acepta que la vivienda no disponga de esos aparatos y se hace constar así en el contrato, ¿este estaría correcto?.
14/02/2015 20:34
Es un acuerdo entre las partes, y nada dice la LAU al respecto. Algo lógico, según entiendo, ya que la ley no puede entrar en ese tipo de detalles.

Condiciones para alquilar vivienda sin muebles
14/02/2015 18:15
Se quiere alquilar una vivienda sin muebles, pero la duda es si la cocina tiene que tener obligatoriamente placa, extractor, horno, nevera y calentador, o eso tambien lo tiene que poner el arrendatario.