Aunque la LAU no dice nada al respecto se entiende que la vivienda se entrega con los mínimos para su habitabilidad que son placa de cocina, horno y campaña extractora, calentador/caldera que son elementos fijos que forman parte de la vivienda, cosa bien distinta a un frigorífico de libre instalación o una lavadora, a excepción de viviendas en los que el frigorífico está integrado en el mobiliario de la cocina. Hay inquilinos que vienen de otros alquileres con su propio frigorífico o lavadora. Hay otros que cuando buscan piso quieren que ya tengan éstos electrodomésticos.
Se quiere alquilar una vivienda sin muebles, pero la duda es si la cocina tiene que tener obligatoriamente placa, extractor, horno, nevera y calentador, o eso tambien lo tiene que poner el arrendatario.