La condensación en las viviendas, en concreto en una de las columnas del edificio, quien debe sufragar los gastos de la reparación, ¿el propietario o la comunidad?
Muchas gracias.
No soy abogado, pero como trabajo en este tema, si es condensación por el mal aislamiento del edificio, debe arreglarlo el propietario, otra cosa seria que en el pilar fueran instalaciones de la comunidad, entonces seria cuestión de la comunidad.Pero si el piso tiene menos de 10 años construido, esto es un vicio oculto y deberías reclamarle ala constructora por el mal aislamiento, espero haberte ayudado.Un saludo, si no lo sabes deberias llamar a un tecnico.
Yo tengo un caso de filtración he pedido informe pericial y como viene por una mala fachada y mal aislamiento el perito pide responsabilidad a la comunidad o si tiene menos de 10 años al constructor. Un saludo.
Hay que tener en cuenta que si la licencia de edificación se pidió antes del 6 de mayo de 2000 no se trata de que el edificio tenga menos de 10 años, sino de que los vicios hayan aparecido dentro de los 10 años siguientes a la conclusión de la edificación. Si los vicios aparecieron dentro de esos 10 años la acción prescribe por el transcurso de 15 años desde que se tuvo conocimiento de su aparición.
Los problemas que ustedes llaman de condensación, pueden ser también conceptuados, humedad por capilaridad, por mal aislamiento en los sótanos, la humedad sube a traves de columnas o paredes maestras y se hace presente en las primeras plantas y continúa; en este caso el problema es de deficiente aislamiento en la base de cimentación; es muy frecuente cuando hay próximas aguas subterraneas cercanas, muchos constructores lo solucionan con pozos de "recogida" y eliminanción con motores automáticos obligando un nivel adecuado de saneamiento..
El problema proviene del constructor y de arquitectura, pero el propietario debe de promover una reclamación simultaneamente al constructor y la COMUNIDAD, que en forma subsidiaria es responsable tambien.