Yo pienso que lo del indulto no tiene sentido y yo no lo solicitaría por el siguiente motivo:
Al no existir responsabilidad civil, si te han condenado a dos años justos de cárcel, la condena se suspende por ser la primera vez, con el indulto lo que se hace (si te lo conceden) es que te rebaja la pena y te queda por poner un ejemplo en 6 meses pues igualmente se suspende la condena por ser la primera vez al igual que si se tratase de dos años justos, por consiguiente no hay diferencia entre solicitarlo o no solicitarlo.
Pensadlo bien ya vereis como estais conmigo en esta motivación, da igual 6 meses o 3 meses o un año que los dos años que le han condenado pues se suspende la condena de igual forma por el hecho de ser la primera vez.
Mi abogado he decidido solicitar el indulto y la suspensión de la ejecución de la sentencia mientras se tramita y si no sale bien, solicitar la suspensión de la condena por carecer de antecedentes y no superar los dos años.
1º.- Se puede recurrir al Tribunal Constitucional, no tendría éxito y el recurso no suspende la ejecución de las sentencias, y la suspensión de la condena queda a decisión del Juez, que puede concederla o no.
2º.- Podría pedirse el indulto y la suspensión hasta que se tramite este, yo no tengo confianza en que el indulto se fuera a conceder.
Mi opinión en este momento, es la de solicitar la suspensión , sin perjuicio de simultanear la petición de indulto. Estoy sopesando los efectos de interposición del recurso de Amparo, con petición de suspensión en tanto se tramita."
Si algún abogado me puede ayudar con su opinión le estaré eternamente agradecido.
Gracias kitino, se lo comentaré mañana a primera hora a mi abogado por que creo que me ha dicho que iba a solicitar ya la suspensión y si no la concedían el recurso al constitucional.
Comentas que es obligatorio que me concedan la suspensión y según he leído normalmente la conceden pero es una decisión del juez.
Si alguien más quiere opinar al respecto le estaré muy agradecido.
Vamos a ver lo primero que tendrias que ver o mejor dicho tu abogado es si cabe recurso ante el supremo y/o constitucional por las causas previstas en la ley para estos procedimientos y si efectivamente ha lugar a recurrrir a estos altos tribunales pedir la suspension de la condena hasta que se resuelvan estos procesos.
En segundo lugar y si no fuera posible los procesos de recurso ante estos altos tribunales, lo que tendrias seria una sentencia firme y ante ella lo que tendrias que hacer seria solicitar el indulto al ministerio de justicia y pedir al juzgado de ejecutorias la suspension de la condena mientras se resuelve el indulto que viene a tardar en torno a los 6 meses.
En tercer lugar(por este orden) si el indulto saliese denegado con la sentencia firme ya pides la suspension de la condena por ser la primera vez y carecer de antecedentes y la pena no ser superior a los dos años.
No habria lugar a pedir el cambio de la condena por trabajos a la comunidad ya que obligatoriamente te tienen que conceder la suspension de la condena por el hecho de ser la primera vez.
Pero en caso de que la condena hubiera sido superior a los dos años seria en cuarto lugar pedir la sustiutucion por trabajos a la comunidad.
Me llegó la sentencia de la audiencia provincial. Nada que hacer, dicen que es correcta la sentencia de dos años de prisión...
Por favor si alguien me puede responder a si el procedimiento es el que sigue y en ese orden se lo agradecería muchísimo:
1. Pedir la suspensión del ingreso en prisión por carecer de antecedentes y la pena no ser superior a dos años (es de 2 años exactamente). No me han pedido RC por que la otra parte renuncio a ella.
2. En caso de que no aprueben la suspensión del ingreso, (que si no me equivoco lo más probable es que me lo concedan por carecer de antecedentes y no superar dos años), hay que pedir la sustitución de la pena por una multa o por trabajos para la comunidad.
3. Si se ha infringido algún derecho fundamental , el recurso de amparo.
4. Si deniegan los anteriores el recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
5. Si no me conceden nada solicitar el indulto y pedir que no se ejecute la pena hasta que se solucione el indulto.
Y no se en que casos sería posible el recurso al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.
Muchísimas gracias de corazón por las respuestas recibidas tanto a Law como a Katia, y a todo el que quiera opinar al respecto, de momento toca "seguir esperando" según parece, (ya llevo esperando demasiado, casi 5 años, y eso también es una pena por que estás pensando en ello casi todo el día y estás preocupado y angustiado por ello).
Si no estoy equivocado según la información que he ido recopilando si el recurso de apelación no sale adelante hay que:
1. Pedir la suspensión del ingreso en prisión por carecer de antecedentes y la pena no ser superior a dos años (es de 2 años exactamente). No me han pedido RC por que la otra parte renuncio a ella.
2. En caso de que no aprueben la suspensión del ingreso, (que si no me equivoco lo más probable es que me lo concedan por carecer de antecedentes y no superar dos años), hay que pedir la sustitución de la pena por una multa o por trabajos para la comunidad.
3. Si se ha infringido algún derecho fundamental , el recurso de amparo.
4. Si deniegan los anteriores el recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
5. Si no me conceden nada solicitar el indulto y pedir que no se ejecute la pena hasta que se solucione el indulto.
Y no se en que casos sería posible el recurso al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.
Saludos a Law como a Katia, y a todo el que quiera opinar al respecto.
Si es así, hasta que no tenga la sentencia del recurso, la sentencia no es firme y es en ese momento, es cuando puede solicitarse la suspensión del ingreso en prisión.
Como ya tenemos sentencia creo que podemos ir solicitando la suspensión de la pena de prisión por no superar 2 años y carecer de antecedentes del juicio que ya tenemos sentencia aunque hayamos realizado la apelación a la audiencia provincial.
Por otro lado creo que la suspensión/ejecución de la sentencia no procede hasta que no se solucione la apelación, ya me dirás.
Y me ha respondido lo siguiente:
Como ya te dije hemos apelado la sentencia, la ejecución no procede hasta que no sea firme, solo en ese momento se puede pedir la suspensión de la pena.
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Por favor si alguien me puede confirmar que mi abogado esta en lo cierto y no debemos pedir todavía la suspensión de la pena hasta que no se resuelva la apelación se lo agradecería mucho.
Supongo, por deducción, que en el segundo parrafo de tu respuesta cunado dices "la suspensión" te refieres a la suspensión de la pena de prisión por no superar 2 años y carecer de antecedentes, mañana le preguntaré si la ha solicitado por que no ha dicho nada.
Le mande a mi abogado la sentencia por e-mail y me ha comentado que ya está recurrida. Supongo que será la apelación a la audiencia provincial.
Antonio, tu abogado, aunque no sea especialista, es abogado, así que todo lo que te planteo aquí ya lo sabe y en caso de que tenga alguna duda, seguramente se la planteará a algun compañero, no a ti obviamente.
En relación a la suspensión, tu abogado la habrá instado en el correspondiente juicio del que ya tienes sentencia. En cualquier caso, dicha posibilidad es una facultad del juzgador.
En relación a la suspensión, he de decirte que la suspensión/ejecución de una sentencia sólo procede en caso de sentencia firme, lo que es coherente con los efectos de interposición de un recurso de apelación, (devolutivo y suspensivo), que en pocas palabras viene a significar que se suspende dicha operación en tanto en cuanto se resuelva la apelación. Información que ya sabe tu abogado.
En relación a si se ha infringido algun derecho fundamental, no puedo decirtelo porque no conozco las actuaciones. Tu abogado sabrá. El hecho de que haya contradicciones en las testificales no manifiestan ninguna infraccion de derecho fundamental, sólo inciden en el valor de la prueba.
En relación al indulto tienes un 100% de posibilidades de que te lo denieguen porque no se cumplen los requisitos. Tu abogado sabe cuáles son, el fundamental es la sentencia firme.
Si alguien me puede contestar sería ideal, mañana quería hablar con mi abogado y me gustaría tener claro este tema, muchísimas gracias a cualquiera que pueda responderme.
Law te agradezco infinitamente tus comentarios y aclaraciones al respecto, el recurso de apelación la ha hecho mi abogado cuando recibió la sentencia o eso me comentó que la estaba haciendo, mañana le preguntaré si ya la ha hecho, en la sentencia pone que tengo 10 días para apelar, supongo que será desde que recibo yo la notificación.
Se que me has dicho que debo de plantearle todas mis dudas a mi abogado y eso haré, pero el no es especialista en penal y a estas alturas no me voy a cambiar y el esta de acuerdo en que pida segundas opiniones es más le gusta, por ello y como deduzco que de este tema sabes mucho quería preguntarte y para mi es muy importante en este momento si la suspensión de la pena debería solicitarla después de la resolución del recurso de apelación o debería hacerlo de inmediato.
Por otro lado y en relación al recurso de amparo como puedo hacer para saber si se ha infringido algún derecho fundamental, para mi que se han infringido todos empezando por la detención el dia exacto ya que ninguno de los testigos supuestos que indico la policía ha cerciorado la versión policial y yo les avise que se estaban equivocando, hasta que la jueza diga que el testigo en el que se apoya la acusación esta mintiendo y basar en ello y en que "crea" que el agredido y yo hemos llegado a un acuerdo la pena de dos años de prisión para una persona que no tiene antecedentes y una familia que mantener, si ves que se ha infringido algún derecho fundamental ¿Cuando debería presentar el amparo?
Referente al indulto, puedo perder algo si lo solicito aunque tenga un 99,99% de que no me la concedan y si no puedo perder nada ¿Cuando debería solicitarla?
Estoy muy agradecido sinceramente con tus comentarios y me gustaría agradecértelo de alguna manera, soy diseñador web y publicista si quieres puedo hacerte una web como agradecimiento o si ya tienes web realizar una campaña orientada en adwords a bajo coste y alto rendimiento.
La verdad es que no hay cosa peor que buscarte la vida por tí mismo en un mundo que no conoces. Si no eres abogado no sabrás cuál es el mecanismo idóneo para arreglar el asunto,por eso lo necesitas. Si no puedes pagarlo, pide uno de oficio.
En cuanto a las posibilidades que has leído por ahí te comento que el problema es tu planteamiento de "tengo que" ya que aunque teóricamente puedas proponerlas, en la práctica y teniendo en cuenta las circunstancias concretas del caso (qué solo conoce tu abogado) no sea conveniente ya que quizas no sea viable ninguna y sólo pierdas tiempo y sobre todo dinero.
Si hay dudas y fisuras, plantear el recurso de apelación es adecuado y casi siempre exigible. El recurso de casación será viable dependiendo de la resolución de la apelación y el de amparo sólo si se ha infringido algún derecho fundamental. Olvídate del indulto, no te lo van a conceder.
La suspensión de la pena es lo más viable, teniendo en cuenta la pena.
Acabo de ir a recoger la sentencia y se confirma lo que me dijo mi abogado 2 años de prisión. La jueza dice que hay un testigo que esta dicendo mentiras, el testigo que según el atestado le dijo a la policia que había sido yo y en el juicio dijo que eso no era cierto. Que cree que el agredido que quito la denuncia y renuncio a la RC ha llegado a un acuerdo con migo que no me que quita la responsibilidad pública.
Según he podido leer tengo que hacer lo siguiente en el siguiente orden, por favor si algún abogado especializado pudiera confirmarme que estoy en lo cierto le estaría eternamente agradecido:
1.- Recurso de reforma y subsidiario de apelacion.
2.- Recurso de casación ante el Tribunal Supremo,
3.- Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional
4.- Solicitud de indulto (ministerio de justicia)
5.- Suspension de la ejecucion de la sentencia hasta que se tramita el indulto al secretario judicial del juzgado.
6.- La suspensión de la pena de prisión por no superar 2 años y carecer de antecedentes.
7.- En último caso, si me negaran todo, pide la sustitución de la pena, por trabajos a la comunidad.
8.- Posibilidad de presentar un recurso ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos-
Gracias por anticipado a todos los que quieran opinar al respecto.
Acabo de ir a recoger la sentencia y se confirma lo que me dijo mi abogado 2 años de prisión. La jueza dice que hay un testigo que esta dicendo mentiras, el testigo que según el atestado le dijo a la policia que había sido yo y en el juicio dijo que eso no era cierto. Que cree que el acusado que quito la denuncia y renuncio a la RC ha llegado a un acuerdo con migo que no me que quiza la responsibilidad pública.
Según he podido leer tengo que hacer lo siguiente en el siguiente orden, por favor si algún abogado especializado pudiera confirmarme que estoy en lo cierto le estaría eternamente agradecido:
1.- recurso de reforma y subsidiario de apelacion.
2.- Recurso de casación ante el Tribunal Supremo,
3.- Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional
4.- Solicitud de indulto (ministerio de justicia)
5.- Suspension de la ejecucion de la sentencia hasta que se tramita el indulto al secretario judicial del juzgado.
6.- La suspensión de la pena de prisión por no superar 2 años y carecer de antecedentes.
7.- En último caso, si me negaran todo, pide la sustitución de la pena, por trabajos a la comunidad.
8.- Posibilidad de presentar un recurso ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos-
Gracias por anticipado a todos los que quieran opinar al respecto.
Me gustaría saber si esta informacion que conseguido se puede aplicar a micaso:
"Ve al juzgado, habla con el secretario judicial, y pide la suspensión de la ejecución de la sentencia, mientras se tramita la solicitud de indulto, que debes presentar previamente en el Ministerio de Justicia. No necesitas abogado para ello. Casi seguro que te lo van a conceder también, si es tu primer delito.
Pide también la suspensión de la pena de prisión, por no superar 2 años y carecer de antecedentes.
Casi seguro que también te lo concederán.
En último caso, si te negaran todo, pide la sustitución de la pena, por trabajos a la comunidad. Para ello si necesitarás abogado, pero te lo tienen que poner del turno de oficio, si no lo tienes ya.
Es muy poco probable que tengas que ingresar en prisión, si todo es como lo dices. "
Ya estas condenado, como dice kapitan, antes y durante el juicio es cuando puedes hacer algo. No tienes "pasos a seguir" más los que te diga tu abogado.
Pues por lo menos si alguien me pudiera decir lo pasos a seguir a partir de ahora se lo agradecería por lo menos para que no entre en la cárcel. La verdad es que yo veo un sin sentido que condenen a alguien sin que ningún testigo le haya señalado con el dedo en el juicio.