No sé si es en este apartado concretamente donde debo exponer mi consulta, no soy profesional de la abogacía.
Os comento, contraté a un abogado para la reclamación de una cantidad por daños en un accidente de coche. Este abogado me comentó que lo más adecuado ya que la cantidad que reclamaba era inferior a 2000€ era mediante juicio verbal, asegurándome que de este modo nunca podrían condenarme en costas, evitando ese riesgo.
Llega el día del juicio y mi impresión fue que no lo llevaba preparado, además me comenta que modificó la demanda denunciando solo a la compañía de seguro y no al conductor ( El documento que yo firme incluía a ambos). Llega sentencia donde se desestima la demanda y se me condena en costas, la sentencia era firme por lo que me comentó que no se podía recurrir. Además me vuelve a indicar que el echo de que me condenen en costas no quiere decir que puedan reclamarlo y que me quedé tranquila, que sólo tenía que pagar la minuta acordada con el.
A los meses me comenta que le ha llegado la tasación de costas de la parte contraria y que tengo que pagarlo, indicándome que dicha aseguradora alega tener el domicilio en otra provincia.
A mí parecer existe mala praxis por no informarme de la posibilidad de condena en costas ya que la aseguradora tenía domicilio en otra provincia, de haberlo sabido me habría pensado si presentar la demanda.
Me gustaría saber si en este caso puedo reclamarle responsabilidad por mala praxis.
Gracias.
Interpuse una demanda sucinta de juicio verbal reclamado una deuda de 997 € no estimando pertinente la celebración de vista tal y como me recomendaron en los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid. Hace tres semanas se celebró un juicio oral solicitado por la otra parte. Hoy he recibido la sentencia en la que se desestima sustancialmente la demanda y se condena a pagar a la otra parte la mitad de la deuda y a mi, que no he recibido ni un euro a día de hoy por mi trabajo se me condena a abonar las costas y el abono del interés legal del dinero. En la misma sentencia se adjunta un párrafo en el que dice textualmente "La desestimación sustancial de la demanda comporta la imposición de las costas a la parte demandada (art 394 de la LEC)".
Por último dice que contra esta sentencia no cabe recurso de apelación por razón de la cuantía.
Por favor a ver si alguien me puede explicar la sentencia. No entiendo que tenga que pagar las costas de un juicio que yo no he pedido y los intereses de un dinero que no me han pagado. Además la sentencia se contradice en cuanto al pago de las costas y no puedo recurrir.
Muchas gracias