La Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros por la agresión de su hijo en un instituto. La sentencia, contra la que no cabe recurso, señala a la madre como responsable de la «brutalidad» de su hijo adolescente y además, la condena en costas con 5.000 euros que tendrá que pagar a los padres de la víctima.
La Sección Quinta de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, condena a I.R.G a pagar el tratamiento de reconstrucción de los dos dientes que su hijo de 14 años rompió a un compañero, además de causarle otras lesiones, en una agresión dentro de su aula del instituto Castalla, en Castilleja de la Cuesta, el 17 de noviembre de 2003.
En el juicio, la madre, defendida por un abogado de oficio, alegó la responsabilidad del centro educativo por no hacer «labores suficientes de vigilancia» de los alumnos, pero la sentencia replica que al tratarse de «adolescentes que cursan estudios de secundaria no es precisa una labor de control y vigilancia tan rígidos». En cambio «la brutalidad e intensidad» de la agresión evidencian «una falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de costumbres en el agresor para la convivencia en valores», señala la sentencia.
Así, la Sala considera que las tareas educativas correctoras han pecado de «laxitud y tolerancia» y confirma el primer fallo judicial del Juzgado de Primera Instancia número 8 que hablaba de «incorrecta educación». Esta es una de las peculiaridades del caso, por el hecho de que la ley de enjuiciamiento civil establece la responsabilidad patrimonial en los padres, y para basarse en ello alude a la educación que ha de recibir en casa.
Así, en lugar de la administración, la condena afecta en su totalidad a la madre del menor, I.R.G, quien según fuentes judiciales, está separada y posee la guarda y custodia de su hijo. La indemnización corresponde a 11.000 euros por el tratamiento odontológico y de reconstrucción ósea de la mandíbula, que el menor deberá continuar hasta los 18 años por encontrarse en una etapa de crecimiento, y otros 3.000 euros por los daños morales durante los días que la víctima estuvo impedida de ir a clase. Según fuentes del caso, los padres de la víctima aún no han cobrado ninguno de estos importes, ni los 5.000 euros establecidos en la condena por costas. Las mismas fuentes apuntan a que no se le conoce ningún patrimonio a la madre del agresor, al parecer de baja renta económica. El agresor fue condenado por un delito de lesiones en el Juzgado de Menores y cumplió la medida establecida por el mismo, en aplicación a la ley de responsabilidad penal. Además, fue expedientado y expulsado del instituto.