Mi opinión es que no puedes incluirlo. La Jurisprudencia habla de "gastos que tenga su origen directo o inmediato en el proceso". Si la competencia territorial era esa, el demandado no puede verse perjudicado por la elección del actor de un letrado de fuera.
Es sólo mi opinión, a ver si algun compañero te da algun argumento para poder meterlo.
Estimados compañeros, soy un abogado con despacho abierto en Leon, presente una demanda de reclación de cantidad en Galicia, pues la entidad demandada tenia su domicilio en A Coruña, si bien mi cliente es dew Leon, y la obra objeto de la demanda se realizó en Leon, por ello la demandante recurrio a un abogado de Leon. Ganamos con costas y en minuta incluí mis gastos de desplazamiento por la vista previa y la vista oral, me impuganan la minuta alegando que dichos gastos no proceden. ¿Que opinais? Gracias de antemano