Hola,
En marzo de este año interpuse demanda por division de la cosa común.
El viernes pasado día 25 me llego la sentencia donde el tribunal ó juez, estima totalmente mi demanda, y condenaba a la parte demandana el pago de costas.
La contraria, es asistida por abogado de oficio, y mi pregunta es la siguiente, ¿las tendran que pagar, ó al ser de oficio la defensa se las perdona la justica?
Si a la parte contraria se le concedió el derecho a Asistencia Jurídica Gratuita (no importa que su Abogado fuese o no de oficio) no le corresponde abonar las costas, salvo que venga a mejor fortuna. Ud es quién deberá abonar los honorarios de su parte (la de Ud).
Si, yo ya page mi parte a mi abogado por adelantado como siempre pedis. Gracias por la respuesta.
Y si fuera al contrario, osea, pierdo yo con abogado privado y gana ella con justicia gratuita, ¿las deberia de pagar yo?
Me lo imaginaba. Vaya pregunta mas tonta le mia, al ir yo con defensa privada se supone que pago costas. Diculpas por la pregunta tonta.
Gracias Sr. Tripoli.
hola buenos tardes mi consulta :
fui condenado a pagar 438€ 130€ de costas , llege a un acuerdo con el abogado de la parte contraria y le fue pagando la deuda poco a poco , una vez pagada la deuda al completo ,más las cosas , el abogado de la parte contraria me dijo que sus costas no eran de 130€ que esto era una estaimacion de los juzgados q como comprendería sus honoraria no iban a ser tan pocos , que estos ascendían a 500€ más de los 130 € ya pagados
mi pregunta :esta ya pagada la deuda o he de pagar esos 500€?
en mi caso tengo derecho ha defensa jurídica gratuita eso me exime de pagar más costas ??
Si el principal eran 438 € y además has abonado 130 € de costas, has pagado de sobra. Si quiere algo más, que presente en el Juzgado la correspondiente tasación y entonces veremos.