cliente que es vigilante de seguridad, se le impuso pena en sentencia de VIDO cuya pena accesoria es la prohibición de tenencia y porte de armas. Hoy le ha dicho la Policía, mientras trabajaba como vigilante de seguridad, que no podía portar su arma reglamentaria de defensa ( una porra), ¿ se considera un arma?, ¿ no puede portarla entonces ?