Hola, buenas tardes, mi consulta trata de lo siguiente:. En el año 2007 aprobé una convocatoria de 200 plazas de CONDUCTOR-PERCEPTOR para la empresa municipal de transporte del ayuntamiento de Sevilla (TUSSAM) la cual aprobé quedando en el puesto 187 de lista de aprobados ,inicialmente entramos como personal eventual con contratos de sustitución por enfermedad o por vacaciones, parando unas semanas al año para así poder ser contratado de nuevo, pues bien en las bases se la convocatoria hay una cláusula en la cual decía que el plazo para hacer los contratos indefinidos expiraba el 31/12/2009, y a día de hoy seguimos como eventuales y con vistas de no hacernos fijos, ya que nos han incluido en una bolsa de trabajo. Actualmente estamos esperando a que nos llamen nuevamente.
Yo a la vez tengo una carta que solicite para la petición de un préstamo hipotecario, la cual esta firmada por el jefe de recursos humanos y por el gerente de la empresa en la que dice lo siguiente:
PRIMERO.: Que D. José Antonio…. con DNI… ingreso en esta empresa el pasado mes de Abril como conductor-perceptor. Actualmente continua desempeñando esta función mediante contrato de interinidad por sustitución por vacaciones del personal fijo de la plantilla.
SEGUNDO: Que el Sr. José Antonio… ha superado todas las pruebas previstas en el concurso oposición que se ha llevado a cabo para constituir una lista de espera de 200 integrantes para la categoría de Conductor-Perceptor, situándose en la posición 187, en orden de mayor a menor puntuación.
TERCERO :. Que de acuerdo con las bases de la convocatoria, se prevé su incorporación a la plantilla como personal con contrato indefinido, según las necesidades de la Empresa y el orden establecido en la referida convocatoria.
Y para que conste, a los derechos de su presentación en entidad financiera, expido el presente a petición del interesado …… y fecha y firma y sello del Ayuntamiento.
¿Podría exigir mi plaza y mi incorporación con contrato fijo?
Hola:
La primera pregunta que te haría es saber si los contratos iniciales de interinidad que se celebraron siguen siendo reales, es decir, existe la causa por la cual se firmaron (sustitución de vacaciones, bajas por IT, etc..)
Se han redactado bien esos contartos?
¿Se especifica los nombres de los trabajadores sustituídos?
¿De qué tipo de concurso oposición estamos hablando?
¿Se trata de una empresa pública o privada?
Ya me contarás?
Como te comento es un empresa publica, los nombres se especifican en cada uno de los contratos, exceptuando los contratos que son solo por tiempo definido, las causas siguen existiendo, ya que continua personal de baja y de vacaciones, no los mismos, pero si otros, y referente al tipo de concurso, creo que te refieres a que si es publica, es ese caso así es, ES CONCURSO PUBLICO