En los consursos actuales, en los que casi todas las empresas van a liquidación sin masa activa...los créditos anteriores no personados en tiempo y forma, son difíciles de cobrar, pero no imposible y máxime si la empresa no va a liquidación.
primero hay que ver si el cliente ese, tiene facultades sobre esa sociedad, porque puede que las haya perdido a favor del administrador concursal, con lo que será él encargado de pagaros. y respecto de la deuda anterior: ¿os habéis personado en el concurso? porque si no lo habéis hecho, dudo mucho que cobréis.
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tenemos un cliente que está en concurso de acreedores y nos debe X€, ahora quieren que vayamos a hacerles un servicio de mantenimiento, y cuándo les decimos que nos tienen que pagar lo que nos deben nos dicen que esto está en concurso de acreedores y no pueden hacer nada.
Entiendo que se refieren a que esto tiene un proceso judicial, pero la duda es si el cliente puede realizarnos el pago de esta deuda o no una vez comenzado el proceso.
esto es posible?, si es así, no le trabajaremos más a este cliente hasta que nos pague.