a que tipo de creditos pertenece la deuda que tiene conmigo una promotora que ha hecho un concurso de acreedores.
yo entregué un importe para comprar una vivienda.
tengo el juicio ganado en el que sentenciaban a devolverme el importe integro que yo les había satisfecho, pero 2 meses despues declararon este concurso de acreedores.
Aprecidos compañeros.
Os traslado una duda que se me ha planteado en la practica profesional y que poderis ayudarme a resolver.
Un acreedor que, en el momento de admitirse a trámite el concurso solicitado por el deudor, tenga instada la reclamación de su crédito por la via judicial y dicho expediente se halle únicamente pendiente de que se dicte sentencia, una vez dictada la misma (art. 51,1 Ley Concursal) y reconocido el crédito, debe ser éste calificado como crédito con privilegio general del art. 91 de la Ley Concursal ?.
Agradezco vuestra colaboracion.
tengo un consulta:
en un proceso cambiario se embargan los saldos de la cuenta del deudor, suficiente para principal intereses y costas. Se libra mandamiento para pagar el principal y en el proceso de tasación de costas la empresa deudora es declarada en concurso.
Se suspende el proceso de tasación?
Una vez realizada la tasacion si procede, puede librarse mandamiento de pago para pagar las costas y los intereses?