Hola. Si la empresa presenta concurso de acreedores, pueden pasar muchas cosas.
Por desgracia, la más frecuente es el cierre de empresa tras la aprobación por parte del juzgado de un E.R.E de extinción.
Ello daría lugar al despido colectivo y al derecho a cobrar 20 días por año trabajado con el tope de 1 años de indemnización ( para los que llevan más de 18 años y 3 meses).
El administrador concursal, después hace un certificado para el FOGASA en el que debe reconocer la cuantía de la indemnización y de los salarios pendientes de abonar si los hubiere.
Una vez hecha la solicitud al FOGASA, ésta paga en 3 meses como máximo.
También puede pasar que haya una venta total o parcial de la empresa a un comprador con autorización del Juzgado.
Y por último, puede suceder que la empresa llegue a un acuerdo con los acreedores y siga funcionando mientas cumpla con el acuerdo con los acreedores, aunque esto ocurre muy pocas veces.
Saludos
Que debo hacer ante la inminente declaracion de una empresa en un concurso de acreedores. Tengo mucha antigüedad, y tendré q estar hasta el final. No se que puedo reclamar y hasta cuando debo estar.