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Concurso acreedores y pagos contra la masa

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Concurso acreedores y pagos contra la masa
28/10/2009 19:16
Planteo el siguiente problema,

Una empresa promotora inmobiliaria incursa en concurso de acreedores tiene numerosos créditos contra la masa pendientes de pago, ya que hasta la fecha no ha existido liquidez para atenderlos.

Ahora, y con posterioridad a la generación de los créditos contra la masa anteriores, la concursada ha entregado una promoción en curso a la entidad financiera prestamista hipotecante. Esa entrega del inmueble se efectúa sin contraprestación, ya que el banco cancela su deuda con la recepción de la obra. Únicamente, el banco abona a la concursada el IVA repercutido en la entrega. (El IVA ingresado es inferior a los créditos contra la masa pendientes de pago).

Como el devengo de la entrega es posterior a la generación de créditos contra la masa anteriores, y habiéndose, por lo tanto, generado el crédito a favor de Hacienda por IVA en un momento posterior a aquellos, ¿puede utilizar la concursada el IVA percibido de la venta para atender créditos contra la masa anteriores y no ingresar nada a Hacienda? ¿La Agencia Tributaria puede exigir alguna responsabilidad a la empresa concursada?

Yo entiendo que el IVA servirá para pagar créditos contra la masa anteriores al crédito contra la masa con Hacienda generado posteriormente.

Espero vuestras opiniones.