Para que los deudores puedan solicitar la declaración de concurso deben demostrar que existe un sobreisimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor. Existen otros motivos de solicitud (art 2.4 de la ley concursal) pero parece que el indicado anteriormente es el que se aproxima más a este caso. El deudor debe a diez proveedores, lo cual parece indicar que no puede hacer frente a sus obligaciones y es, por tanto, insolvente. El concurso, al no solicitarlo el deudor (podría ser voluntario) sino los acreedores, se considera necesario.
El que el abogado que represente a los diez acreedores sea el mismo no tiene trascendencia.
El cliente debe a 10 proveedores diferentes unos 40.000 €, El abogado de los 10 proveedores es el mismo. ¿ puede este presentar concurso de acreedores forzoso por esta cantidad?