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Concursal

1 Comentarios
 
07/07/2008 18:07
El ERE será consecuencia del cese de actividades solicitado por la Administración Concursal, o bien sin necesidad de este cese previo. Sea como sea, que se haya solicitado no quiere decir que se vaya acordar por el Juez la extinción de contratos de trabajo, sino simplemente la admisión a trámite. Aperturado el ERE, se abre un período de consultas con la Administración Concursal, y en el que habrá intervención de la Autoridad Laboral. Si no hay conflicto y todo está más o menos consensuado, la Autoridad Laboral se limita no informar negativamente. Pero también es una pauta de conducta adoptada en otros casos el que se nombre un inspector de trabajo que actúe de interlocutor en las negociaciones, si las hay. Se está permitiendo por los Juzgados de lo Mercantil que se acuerden indemnizaciones superiores a las de 20 dias de salario por año de servicio que marca la ley para estos supuestos, pero para ello habría que llegar a un acuerdo con la Administración Concursal, y lo cierto es que la mayoría de estos profesionales no tienen cultura laboral y no son proclives al trato con los trabajadores, siendo ésta labor delegada a la empresa concursada y su abogado, si el concurso es voluntario y no han sido sustituidos los administradores sociales.

En todo caso, si hubo cierre o cese previo de establecimiento o empresa, antes de acordarlo os habrán dado traslado y pedido parecer a los trabajadores. Para el ERE también os piden parecer, al margen de las consultas para llegar a un acuerdo. Si hay acuerdo, el Juez lo aprueba si es procedente, y si no, decidirá de acuerdo con la Ley Concursal y la legislación laboral. Hay que tener en cuenta que en un concurso la causa económica para extinguir contratos está más que sustentada en pruebas y que irá precedida previa o simultáneamente de solicitud de cese de establecimiento mercantil o empresa, por lo que si no se cierra la empresa mal pueden pervivir los contratos de trabajo.
Los recursos van por dos vías. Una cosa es recurrir la decisión de extinción de contratos, y otra recurrir porque no se esté de acuerdo con las especificaciones sobre salario, jornada, etc.. y demás condiciones laborales individuales. Los recursos son ante tribunales distintos y sigue un camino diferente. Las alegaciones que vayáis a efectuar o el recurso contra la resolución que abre el ERE no va a paralizar el procedimiento.
Concursal
27/06/2008 20:02
Hola. La empresa, en procedimiento concursal, parece va a solicitar ERE.
1 - ¿Podemos los trabajadores recurrir y solicitar la denegación del mismo?
2 - ¿que efectos causa en todo el periodo de consultas la presentación de ese recurso?
Muchas Gracias Anticipadas