no suelo llevar concursal por lo que se me plantea la siguiente cuestión:
Cliente al que se le adeuda por una sociedad una cantidad importante de dinero. dicha sociedad va a ser declarada en concurso en breve por haberlo solicitado un acreedor. Mi cliente tiene sucrito con la misma un reconocimiento de deuda con compromiso de pago.
la existencia de dicho documento le otorga prioridad en el cobro dentro del concurso? En el caso en que no se así, puede en este momento elevarse a publico y fijar una garantia hipotecaria.
Entiendo que estás consultando sobre la situación de tu cliente frente a una sociedad que va a ser declarada en concurso de acreedores.
Reconocimiento de Deuda con Compromiso de Pago: Este documento puede ser relevante en el contexto del concurso de acreedores. El reconocimiento de deuda establece una obligación clara de la sociedad hacia tu cliente. Sin embargo, en un procedimiento concursal, la prioridad de cobro se determina según las reglas establecidas por la ley concursal y el tipo de crédito que se tenga.
En términos generales, los créditos reconocidos con anterioridad a la declaración de concurso (como es el caso del reconocimiento de deuda) suelen tener una posición más favorable en el orden de prelación de créditos. Sin embargo, esto puede variar según la legislación específica donde se declare el concurso.
Si bien elevar el reconocimiento de deuda a escritura pública puede fortalecer la posición de tu cliente como acreedor, la posibilidad de establecer una garantía hipotecaria en este momento dependerá de varios factores, incluyendo las leyes concursales aplicables y las disposiciones específicas del concurso.