Buenas tardes, ¿Es posible solicitar que se dicte sentencia en un ordinario en que la prueba a practicar únicamente es documental (art. 429.8 LEC) en poder del juez pero me permitan realizar mis conclusiones finales por escrito también?, ¿Cómo podría solicitarlo?, ¿cuál es el trámite adecuado para que me lo concedan?
Si la única prueba es la aportada en los escritos de demanda y contestación la LEC no prevé escrito de conclusiones y menos por escrito, lo que puedes hacer es cuando te vayas a sentar en estrados el día de la audiencia previa comunicar a SSª que sólo se va a proponer la documental aportada y cuando te den la palabra, bien para alegaciones complementarias y aclaratorias bien para fijar los hechos controvertidos bien para la impugnación de la documental contraria, intenta formular esas conclusiones ya que en estos casos, al saber el Juez que no se va a celebrar juicio, suele ser más permisivo.
Gracias por tu respuesta, pero me refería a la situación en que ya ha sucedido la audicencia previa, con proposición de prueba docuemntal y testifical y ahora, al renunciar a la testifical, sólo va a quedar documental y se va a poder pasar a dictar directamente sentencia. Sin embargo, yo quiero presentar mis conclusiomnes, ¿Es esto posible?, ¿Las introduzco en el mismo escrito de desistimiento de la testifical?
Gracias.
Phoebe, si la única prueba aportada ha sido la documental y no se ha impugando por ninguna de las partes, no cabría las conclusiones y el Juez pasará directamente a dictar Sentencia dentro de los 20 dias siguientes a la conclusión de dicha audiencia previa...En cambio y como decía, el anterior miembro del foro, si en la audiencia previa lo hubieses alegado una vez se renunció a la testifical, el Juez te podria haber dejado formular conclusiones...