Quisiera que por favor alguien me pudiera confirmar lo siguiente: Con la aplicación del nuevo baremo trafico y tener que acceder si o si a la via civil, convierte la conciliación en el instrumento mas utilizado, pero según la ley de jurisdicción voluntaria donde se regulan las conciliaciones el juzgado competente puede ser el del lesionado en caso de que exista sucursal, sino vete a pleitear donde tenga la sede o sucursal, choca con 52.9 lec, que si establece juzgado competencia del lugar del siniestro.
Por favor alguien me podria confirmar este extremo, Muchas gracias