La IPT se me ha concedido via judicial, y es lo que le he remitido a la empresa: la sentencia.
Y el INSS según he leido puede tardar meses en ejecutar las sentencias..
Es normal que la empresa, sin recibir la notificación del INSS, no realice ningún trámite.
Usted indica que puede tardar meses, pero lo normal es que la empresa lo reciba, a lo sumo, unos días más tardes que el trabajador. De hecho, es muy habitual que la empresa reciba por medios telemáticos la información antes incluso que el/la trabajador/a. ¿Usted tiene la resolución?
Entiendo que usted viene de un proceso de Incapacidad Temporal. Si es así, a usted le descontarán de su pensión de IP la parte percibida por IT, y la empresa ya se "apañará" con el INSS sobre las prestaciones y cotizaciones.
Me han concedido una IPT con fecha de efectos hace unos meses. Mi empresa no me quiere extinguir el contrato hasta que reciba notificación del INSS, lo cual puede tardar meses. Me están siguiendo pagando, pero sin trabajar.
¿Qué consecuencias tiene esto? ¿Qué sentido tiene que no me quieran ya liquidar y extinguir el contrato, en vez de seguir pagandome?