Hola, somos muchos futuros vecinos los que estamos a la espera de la licencia de primera ocupación para escriturar una urbanización en Torremolinos.
Se solicitó el 27/12/17 y se "concedió" el 22/06/18 (seis meses después), aunque aún seguimos a la espera de que se "emita".
En la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, articulo 172 P5 se indica que en 3 meses debe resolverse o se considerará otorgada. Pero eso no sirve de nada no? Con eso no se puede escriturar, que podemos hacer?
El plazo que tiene la administración para notificar la concesión, a quien la haya solicitado, es de diez días contados a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado, de conformidad con el artículo 40.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas