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Concesión de beca

1 Comentarios
 
08/08/2022 10:42
Transcribes parcialmente un texto jurídico cuyo autor y rango no mencionas. Parecen ser las bases de una convocatoria hecha al amparo en una ley autonómica o nacional, dependiendo de quién sea la autoridad académica convocante. Es precisamente en la norma donde encontrarás la respuesta, pues posiblemente tengas abierta la opción de presentar un escrito aclaratorio o de iniciar un expediente administrativo en el caso de que tu interpretación del asunto sea triunfante.
Concesión de beca
07/08/2022 23:20
Buenas noches, tengo una duda con respecto a la concesión de una beca educativa. Voy al grano: se conceden 80 becas, se establece un máximo de dos participantes por centro educativo, y se elabora una lista de 20 suplentes en la que no aplica dicho límite. Yo soy el tercer interesado de mi centro. Esto es lo que ponen los documentos:

"Se ha establecido una lista de 20 suplentes atendiendo exclusivamente a la nota media del expediente académico y sin aplicar para su elaboración el límite previsto en el apartado 9.4. ..." (El límite de dos que he mencionado)
"En cualquier caso, las vacantes sobrevenidas en la lista de beneficiarios de las ayudas del Anexo I se cubrirán por el estricto orden de prelación establecido en el Anexo II." (Es decir, las vacantes en los 80 preseleccionados se cubrirán por el orden de prelación de los 20 suplentes)

Yo me encuentro el primero en dicha lista. Con la publicación de la lista definitiva, seis personas han decaído, por lo que se han seleccionado seis suplentes, entre los cuales no estoy.

A la vez que dicha lista, se publica una nota donde se menciona que se han seleccionado los suplentes teniendo en cuenta que nunca puede haber más de dos participantes del mismo centro. Sin embargo, creo que esto último se contradice con las resoluciones previas (entiendo que se deben cubrir los suplentes por orden en cualquier caso, ya que se tendría que eliminar el límite)

Como opino que esta nota es contradictoria con las resoluciones previas, y además se publica al final del procedimiento, me gustaría saber si mi interpretación es correcta y debería contactar para su rectificación.

Espero haberme explicado, y muchas gracias.