¿ os parece correcto incluir la definicion de un concepto jurídico en una cláusula en un arrendamiento de vivienda?
Al hacer referencia a la cesión comenzar la cláusula diciendo. .........
" A los efectos del presente contrato de arrendamiento se considera que la cesión supone la desvinculación del titular arrendatario y su sustitución por otra persona."
El contrato de arrendamiento no se podrá ceder por la parte arrendataria sin el previo consentimiento por escrito de la parte arrendadora. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en las obligaciones y derechos del cedente frente a la parte arrendadora en los mismos términos y condiciones. "
O resultaría problemática si el juez de instancia es partidario de otra tendencia doctrinal?
Siempre has de partir de la base de que los jueces pueden interpretar lo que quieran. Por lo tanto, como lo que interesa es, cuanto menos, que le quede claro a las partes y, para caso de dudas, saber a qué tipo de definición se está acudiendo y siempre que no sea contraria a derecho, aclarar ciertos conceptos no está de más si se considera necesario.
Hola catón. Coincido con lo manifestado por Data,aunque también creo que si el concepto jurídico que se piense incluir en el contrato ha sido o es objeto de más de una interpretación, lo mejor sería abstenerse de incluirlo.
Por supuesto. Por lo cual, si queremos incluir dicho concepto, seremos lo suficientemente previsores en ver qué opina al respecto nuestra Audiencia Provincial que es la que, en definitiva, va a resolver finalmente.
Estoy de acuerdo con vosotros, pero si empezamos a introducir muchos conceptos podemos acabar con un contrato de 645.231 páginas. Y eso más que un contrato es la wikipedia del arrendamiento, más propio de una editorial que de un contrato privado.
Pero bueno, con la debida mesura, me parece estupendo. En el ejemplo que expone catón no creo que deba existir controversia alguna, y además resulta pedagogico.
Agradecido por tu respuesta Ignacio, y si es cierto que tengo tendencia a hacer contratos largos, que en cuestiones de leyes imperativas, matizan casi todo el articulado de la ley.
Pero ¿ cómo si no hacer un contrato de calidad profesional con la cantidad de formularios que hay?
Hola.Coincido contigo catón.Yo también tengo tendencia a hacer contratos largos tratanto,en la medida de lo posible, de blindarlo ante cualquier contingencia que pudiera darse.
Quizás peco de exceso de celo,pero esta profesión me ha enseñado a intentar ser lo más precavido posible.