La Carrera Judicial consta de tres categorías: Magistrado del Tribunal Supremo, Magistrado y Juez. La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) hace referencia literalmente a estas categorías en su artículo 299.
Conocidos los requisitos y las formas de ingreso o superada la judicatura para comenzar la carrera judicial, en primer lugar se ostenta la condición de Juez, por lo que ocupará un órgano unipersonal, el Juzgado. A partir de ahí, la condición de Magistrado se ostenta transcurridos, al menos, tres años después de la condición de Juez. En este caso, los Magistrados podrán ocupar tanto Juzgados (órganos unipersonales), como Tribunales (órganos pluripersonales). Entendemos que estamos ante uno u otro órgano en virtud de si sólo hay un solo Magistrado o, por el contrario, la Sala se constituye por un mayor número de Magistrados.
Los Procuradores agilizan los procesos judiciales: siguen los procedimientos desde la demanda y se ocupan de solucionar buena parte de los obstáculos que podrían retrasar la sentencia, dando así mayor fluidez al procedimiento, solucionando día a día los problemas derivados de los trámites procesales.