quisiera conocer que es lo que entiende la ley de haciendas locales y la ley reguladora de bases de regimen local por el termino exacto del concepto tributario "TASA"
La Tasa la tienes definida en el artículo 20 de la Ley de Haciendas locales. Se trata de un tributo local cuyo hecho imponible viene determinado por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio publico local, asi como por la prestación de servicios o la realización de actividades de competencia de la entidad local que se refieran aafecten o beneficien de modo particular al sujeto pasivo.
No se si te sirve esto o qué es exactamente lo que quieres saber
Un saludo