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Concepto penal de agresion

14 Comentarios
 
Concepto penal de agresion
14/09/2007 19:39
Si no fuera mucha molestia quisiera que me aclarasen el concepto.
Por si hay dudas pinto un escenario con todos los detalles de que soy capaz auque no sé si son necesarios todos, me pongo yo mismo como persona "agresora":

Yo estoy hablando con una persona y de improviso aparece desde mi derecha otra persona con la pretension de hacerme algo, no sé qué cosa pero creo que tampoco importa. Supuestamente esa persona pretendia quitarme por la fuerza una grabadora.
Le doy con el puño, una sola vez. Toda la accion dura unos 5 a 10 segundos.

¿Es esto una agresion?
¿Qué ingrediente son necesarios para esa calificacion?

¿Cual es el calificativo aplicable a esa otra persona?

RAE:
agresión.
(Del lat. aggressĭo, -ōnis).
1. f. Acto de acometer a alguien para matarlo, herirlo o hacerle daño. U. t. en sent. fig.
2. f. Acto contrario al derecho de otra persona.
3. f. Der. Ataque armado de una nación contra otra, sin declaración previa.

14/09/2007 20:48
Un puñetazo es una agresión como un piano.
18/09/2007 16:18
Seguro que hay en este foro expertos que pueden dar una definicion. Algo mas que una simpleza.
18/09/2007 17:06
A usted le podrá parecer una simpleza que un puñetazo se considere una agresión. A mí me parece una simpleza darlo. Saludos cordiales.
18/09/2007 18:21
A mí me parece que sí es una agresión, en el sentido de iniciar una disputa física. A lo mejor el pobre hombre venía simplemente a pedirle fuego. Usted ha propiciado el puñetazo sin saber qué quería la otra persona y, desde ese punto de vista, la ha agredido. Hasta que la otra persona no realiza un acto que pueda implicar por su parte una reacción tendente a una legitima defensa (cuidadín con la riña mutuamente consentida a los efectos de invalidar la legítima defensa), su expresión física traducida en el lanzamiento del puño golpeando a la otra persona en alguna parte de su cuerpo es, simplemente, una agresión física ilegítima no desvirtuada por, como decía la eximente de legítima defensa.
18/09/2007 19:40
Quizá, dependiendo de la actitud de la víctima en su acercamiento a usted y la previa relación, si la hubiere, existente entre ustedes, podría alegar legítima defensa putativa…..aunque es un poco difícil....
18/09/2007 20:08
No creo que un juez estime legítima defensa en el hecho de pegarle a una persona un puñetazo por irte a coger una grabadora. Saludos.
18/09/2007 20:56
Compredo que determinar las verdaderas circunstancias puede ser dificil, pero no se trata de eso sino de definir el concepto. Y luego ya es cuestion de aplicarlo.

Tengo la impresion que un elemento necesario y fundamental es la premeditacion. Agredes cuando has pensado producir un cierto daño.
¿Pero qué pasa, que este concepto no está en la ley?

En este caso mas tiendo a pensar que el agredido fue el que grababa, sorprendido por un gesto violento, impedido de su derecho a grabar, y por la fueza de un empujon o tiron.

Es evidente que un puñetazo no siempre es valorado como agresion por el simple hecho de ser "un puñetazo", le hace falta algo más.


Segun RAE:

Acto de acometer ...

Expresa intencionalidad.

Acto contrario al derecho del otro ....

Implica que el otro tuviera algún derecho. ¿Cuál?

¿Tenia derecho a avalanzarse....?


Ataque, hostilidad .... sin declaración previa, por sorpresa.


Esa persona que pretendía quitar la grabadora, que luego así se dedujo, no estaba hablando con nadie. Y estaba situada fuera de la vista de quien grababa y hablaba con otra persona. Se tiró intempestivamente.

Claro, tampoco voy a entrar por inutil a decir que recibio "un restregon en la cara". No voy a entrar si fue mas o menos "puñetazo". Ni tampoco en otros inndicios de mala fe. Ni que habia sido demandada por quien grababa.


19/09/2007 12:37
Invit, darle un puñetazo a una persona por intentar quitarle una cámara es una respuesta desproporcionada, aunque habría que analizar el caso en concreto. Lo que sí le digo es que en Derecho Penal los conceptos no coinciden exactamente con los de la RAE, por lo que no se guíe por esta último, sino por un manual de Derecho Penal, en este caso Parte Especial. Saludos.
21/09/2007 12:30
El sentido común, es aquel que supuestamente ha sido establecido mayoritariamente por los miembros de un colectivo, una sociedad, eso teóricamente porque de hecho suele ser establecido por una minoría poderosa. Le pongo ejemplo; si en una tribu comerse al enemigo es “normal”, pues eso, y quien no se lo comiera seria “anormal”.

Si me dice que las palabras de la RAE, quien supuestamente da fe del sentido común recogido en cada palabra, no son compartidas por legisladores, jueces y abogados, estaríamos ante la evidencia de que este subcolectivo está en otro mundo y por supuesto incumpliendo el mandato de servir al ciudadano.

Por otro lado insiste usted dogmáticamente, no me da ninguna definición. Me dice que es así porque sí. Y ello es preocupante dado que usted debe ser una experta que cada día ha de ir a defender algún ciudadano, sin criterio claro, solo con valoraciones personales y subjetivas sin fundamento.

21/09/2007 12:44
:0
21/09/2007 13:01
Según el artículo 617.2 CP es falta golpear a otro, castigado con pena de localización permanente de dos a seis días o multa de 10 a 30 días. Darle un puñetazo a otra persona es golpearla, huelga decirlo.
23/09/2007 17:31
Bueno, bueno ya veo que no voy a hacer carrera con su estupenda definicion.

Por lo que usted dice "todo boxeador peca".


24/09/2007 14:03
Ya que aqui se apela al sentido común, invito a los expertos a no ayudar a quien desconsidere gratuitamente el intento. Un saludo.
07/10/2007 17:25
Creo que hasta el momento nadie ha aportado una definicion y menos satisfactoria.

Acabo deencontrar algo que se parece a la idea que mi "sentido comun" me insinuaba:

http://www.cepvi.com/articulos/agresion.htm

La agresión se define como el comportamiento que intenta hacer daño u ofender a alguien, ya sea mediante insultos o comentarios hirientes o bien físicamente, a través de golpes, violaciones, lesiones, etc. La palabra clave para definir la agresión es, por tanto, la intención de dañar y es ....

....LA INTENCION...