Entonces aunque hubiera seguido con los trámites y sin decir nada, tarde o temprano todo sale, no?
Hay un mínimo de años por ley, viviendo en la vivienda habitual y en un futuro vivir en otra?
Si vives en esa vivienda realmente, es tu vivienda habitual y no tendría que haber problemas.
Si haces ver al banco que vives allí y no es cierto, hay consecuencias.
Sabiendo esto, tú mismo.
Ten en cuenta que el alquiler, si quieres hacerlo legal, tendrás que declararlo y tus inquilinos deberán señalar en su declaración de la renta donde viven.
Otra cosa es que el banco, después de lo que les has dicho, no se fien, todo dependerá de las ganas que tengan de concederte el crédito.
Estás hablando de engañar al banco, así que queda a tu elección (yo no te voy a recomendar cosas ilegales o fraudes porque no puedo, es cosa de cada persona) pero si se enteran, tendrás que ver qué dicen las condiciones, puede que te apliquen un tipo de interés mucho más elevado.
Lo malo es que has desatado el tema, con lo cual tienes un problema.
Pues si esta concedida como vivienda habitual, poco puedes hacer, ellos se pueden negar.
Es más, seguramente en la escritura que firmes o hubieras firmado, habrá unas condiciones si es vivienda habitual y estas cambien (a peor) si dejara de serlo, mucho ojo con eso. Antes de estallar la burbuja hacían eso, ahora no sé si se ponen tan "tontos" pero no me extrañaría.
La otra solución es que te concedan otra de las hipotecas que tengan pero que no sea de vivienda habitual, lo que pasa es que las condiciones de acceso y de pago serán peores seguramente.
La pregunta que debes respondernos es si te han concedido una hipoteca que lleve como requisito que sea residencia habitual.
Es tan sencillo como eso.
Casi todas las entidades tienen unas facilidades para vivienda habitual que no tienen el resto de hipotecas, no sabemos si será tu caso, es lo que nos tienes que decir.
Por regla general las condiciones no son las mismas si es vivienda habitual que si no lo es, tú sabrás lo que has negociado con ellos.
Evidentemente, si lo alquilas, nunca puede ser vivienda habitual.
Al banco no le da igual que lo alquiles, si lo alquilas y dejas de pagar y te lo embargan, se tienen que comer el alquiler hasta que finalice...sólo por poner un ejemplo.
Lo dicho, tú sabrás las condiciones que pone en la hipoteca y si es un requisito o no que sea vivienda habitual.
Buenas tardes,
Quiero que alguien me ayude aclarar ciertos aspectos que paso a señalar...
Lo primero comentar que voy a comprar una vivienda en Madrid, es la primera y que he pedido un prestamo hipotecario a mi banco. La hipoteca esta concedida de hecho el banco hizo la tasación, etc... ya esta firmado el contrato de arras con una señal y ahora estoy a la espera de la fecha para la firma ante notario...
En principio quiero comentar que vivo en las afueras de Madrid, en el piso de mi pareja y que no estoy empadronado ni fiscal ni pago impuestos en esta localidad. Sigo empadronado en Madrid como si viviera aún en el piso de mi familia.
Hoy llama el banco para concretar los asuntos del seguro obligatorio de la vivienda.
Aclaro antes una cuestión, el piso que he comprado quiero alquilarlo durante X años por el motivo antes señalado...
En la conversación con el banco, para asegurar el contenido y el continente, menciono que lo alquilo (tonto de mi...) Al momento el consultor financiero comenta que en ese caso tienen que volver a revisar todo y que muy posiblemente la financiación se deniegue. Imaginate lo que se me pasa por la cabeza...
Qué puedo hacer?
Al banco no le da igual que yo alquile el piso?
A efectos fiscales no me voy a beneficiar en nada...
Por que el banco ahora pone pegas si no tiene nada que ver con ellos?
Necesito que alguien me aclare todo esto y que solución puede tener...
Gracias!!!