El art 28 del Código Penal vigente dice:" Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.
También seran considerados autores:
a) Los que inducen directamente a otro u otrosa ejecutarlo.
b)Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado.
Con respecto al código de 1973 y referente al concepto de autor cual fue la reforma introducida en el del 95, alguien lo sabe?, opciones (autor mediato, coautor, inductor..), me podeis ayudar?