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concedida paga

2 Comentarios
 
19/06/2006 13:14
Se considera otro "juicio" si la S.S. recurre en suplicación la sentencia del juzgado de lo social. Por tanto, al ser otro procedimiento, deberá acordar con su Abogado, si éste lo permite, sus nuevos honorarios.

Salud2.
19/06/2006 13:12
perdonar es que se me escapaba al abogado le debo pagar antes de que la seguridad social recurra y puedo perderlo todo en el 2 juicio es una gran duda que tengo.o sea si al recurrir la seguridad social se considera otro juicio o pertenece al que yo gane y page al abogado y luego me quede en bragas,en el recurso.perdonar mis faltas de ortografia pero toy escayolado una mano y un pie saludos a todos
Concedida paga
17/06/2006 12:06
hola a todos el dia 1 salio mi sentencia contra la seguridad social donde se me concede la invalidez me dice el abogado que de momento no diga nada a la empresa hasta que me avise la seguridad social si no me podria qudar 2 meses sin cobrar nada entre papeleo y papeleo alguien me podria guiar un poco en esto estoy algo perdido