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concatenacion contratos

3 Comentarios
 
Concatenacion contratos
04/12/2003 21:21
Buenas tardes! espero q me podais ayudar. Pertenezco al comite de empresa y en nuestro convenio pone claramente que, los contratos de duracion determinada tendran una duración maxima de trabajo efectivo de: 2 meses-->circunstancias de la produción, y 6 meses sustitucion de vacaciones. Hay compañeras que han superado este periodo y siguen con contratos de duracion determinada. Me da miedo quejarme por si lo que consigo es que no les renueven más, ¿via inspeccion me aseguraría de que por ser fraude de ley siguieran trabajando en la empresa? ¿con que modalidad de contratacion: indefinido o fin de obra?
06/12/2003 18:28
Lo primero que tienes que hacer es cerciorarte de que causa de contratacion viene determinada en los contratos eventuales de los que hablas y una vez hecho esto si estas personas siguen prestando servicios con una causa no vigente (ya no cubren vacaciones o no hay aumento de produccion) esta claro que esos contratos son en fraude de ley y esos trabajadores ocupan puestos necesarios dentro de la estructura de la empresa. Ante una demanda, y no creo equivocarme, estimo que un juez los determinaria como indefinidos. Eso si, la empresa seguramente indemnizaria a esos trabajadores y no seguiria contando con ellos por lo cual lo que te aconsejo es que antes de denunciar o demandar, lo trates en la proxima reunion de comite y lo expongas claramente a la empresa y si no lo arreglan "a favor de los trabajadores" demandadlos.
Espero haberte ayudado.
Un saludo.
31/12/2003 07:44
Sí, si me has ayudado, muchas gracias por la respuesta, lo que ocurre es que si le "avisamos" en la proxima reunion de comité, lo unico que van a hacer es estar muy atentos en la duracion de esos contratos, y al llegar al límite cambiar de eventuales. Prefiero guardar esa baza.
31/12/2003 09:06
En estos casos siempre aconsejo seguir, seguir y seguir, pero con la boca bien calladita. Y el día que tengas delante de la mesa una carta de despido por fin de contrato, entonces jaleo.