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¿Con firmar nuevo contrato renuncio a finiquito?

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¿con firmar nuevo contrato renuncio a finiquito?
12/03/2015 10:35
Bueno días, tengo un contrato de sustitución de maternidad desde julio de 2014, en noviembre la empresa me hizo firmar un nuevo contrato ya que la chica que sustituyo dio a luz.El lunes dia 9 se me acababa el contrato, la empresa ni me aviso con 15 días de antelación, yo creia que no me avisaban porque la chica pensaba cogerse mas días por lactancia,cual es mi sorpresa que el lunes a las 19:00h de la tarde me dicen que el martes no hace falta que vaya a trabjar, me dicen que tengo que estar 3-4 días sin ir a trabajar, porque la chica que sustituyo no presento los papeles para la lactancia y claro en temas legales ha finalizado la sustitución y tiene que ir a trabajar.
El martes la chica no va a trabajar y coge la baja por 7 días, me llaman y me toca ir a trabajar, yo pensaba que como ya habia cogido la baja no me tendrían que hacer nuevo contrato ni nada, pero me han avisado de que me hacen nuevo contrato.
Mi duda es ¿si yo firmo este contrato pierdo el derecho a finiquito? ¿el contrato que firme en noviembre tambíen renuncie al finiquito?

Un saludo y gracias.
12/03/2015 19:10
Un cto de sustitución es un cto de interinidad por lo que no conlleva preaviso ya que la empresa no es conocedora de la finalización de la situación que dio derecho a ausentarse el trabajador a sustituir.
En cuanto a perdida a cobrar el finiquito no la pierde, el finiquito es una liquidación sobre las posibles deudas que la empresa alcance con el trabajador respecto a salarios sin cobrar días de vacaciones o parte proporcional de pagas extra, (no tiene que ver con lo que pienso que se refiere usted, es decir con la indemnización), entiendo que el finiquito lo esta percibiendo cada fin de cto y si no es así pues a lo largo de los siguientes meses estará disfrutando tanto vacaciones como percibiendo las correspondientes pagas por tanto cuando sera su último contrato sera cuando tenga derecho a apercibir el mismo, es decir se puede hacer de dos formas o bien pagando y liquidando cada final de cto o bien seguir contratando y hacerlo en el último ya que éste pago se refiere a las deudas acumuladas o devengadas por el trabajador con respecto a la empresa.
SMO