Lo que tiene el vecino, es el derecho a que la rampa no le afecte a la puerta de acceso a su vivienda. Si el consiente en la colocacion de la rampa, ya establecera en que condiciones (economicas o no), accede a su colocacion.
En nuestra comunidad hay un vecino minusválido. Esta vecino pide tenner una rampa de acceso afectando la misma a la puerta de un vecino.
¿Tiene este vecino derecho de ser indemnizado por parte de la comunidad?