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Comunidad única o varias comunidades

6 Comentarios
 
Comunidad única o varias comunidades
11/11/2004 20:49
Soy propietario de piso y plaza de garaje pero tenemos dos comunidades de propietarios distintas. A las preguntas de un vecino el administrador responde que sí somos una comunidad única aunque desde siempre se han funcionado como dos. El es el administrador en ambas comunidades.
La duda que tengo es cómo podemos ser una única comunidad si el garage abarca lo menos 200 plazas de garaje y aunque coincidimos algunos en plaza de garaje más vivienda, en lo que respecta a la vivienda hay varios administradores.
No sé si me explico bien: por portales tenemos distintos administradores, en el garaje el mismo y en algunos casos coincide el administrador de la vivienda con el del garaje
¿cómo podemos ser entonces una única comunidad?
Dicen que se constituye como comunidad los que bajo los pisos tengan la plaza de garaje.
¿Esto es posible?
12/11/2004 09:43
Podeis funcionar como una sola comunidad. Lo unico es que deberiais diferenciar la cuota que pagais como propietarios de garaje y como propietarios de vivienda, porque los que solo sean propietarios de garaje solo pagaran cuota de garaje y viceversa.
El sistema que explicas de funcionar por portales es el propio de una comunidad (la del edificio) integrada por subcomunidades (las de los portales) en este pto es importante que sepas si estas subcomunidades estan recogidas en el titulo constitutivo y estatutos de la comunidad general, es decir, reconocidas en el registro de la propiedad, o solo funciona así porque lo acordasteis los propietarios de los bloques. Si estais en el segundo caso, las subcomunidades no existen de cara al registro de la propiedad que entiende que funcionais como una solo comunidad y por lo tanto no tendríais que hacer nada de cara al registro, simplemente unificar las contabilidades y que pase a haber un solo presidente y administrador.
Sin embargo, te advierto de un problema, que para algo tan sencillo como pintar las escaleras y portal de tu bloque que antes decidiais entre los propietarios del bloque, ahora tendreis que decidirlo entre los propietarios de todo el edificio (propietarios de todos los portales y garaje) porque la contabilidad es conjunta, y si los propietarios de los otros portales y los garajes se niegan no vais a conseguir la mayoria suficiente, por lo que, en mi opinion en algunas ocasiones el funcionamiento va a ser peor.
13/11/2004 10:06
Dices:
QUE SEPAS SI ESTAS SUBCOMUNIDADES ESTAN RECOGIDAS EN EL TITULO CONSTITUTIVO Y ESTATUTOS DE LA COMUNIDAD GENERAL, ES DECIR, RECONOCIDAS EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, O SOLO FUNCIONA ASÍ PORQUE LO ACORDASTEIS LOS PROPIETARIOS DE LOS BLOQUES

para saberlo qué hago, ¿se lo pregunto al administrador, no?
Dices:

SIMPLEMENTE UNIFICAR LAS CONTABILIDADES Y QUE PASE A HABER UN SOLO PRESIDENTE Y ADMINISTRADOR


esto como te comentaba es imposible. Suponte que hay 24 portales. Destro de los 20 portales supón que hay como eis Comunidades de propietarios, perooooooooooo, SOLO hay una comunidad de garajes ÚNICA para esos 24 portales, de lo que resulta que en algunos casos como p.e. portales 1, 2, y tres........ el administrador de la comunidad de propietarios es el mismo administrador que el de la ÚNICA COMUNIDAD DE GARAJES.

Lo que yo quisiera saber es si esto es normal, vamos! que si estamos dentro de la legalidad o debo suponer que como esto fue aprobando en su día POR ASAMBLEA, se tiene que mantener así. Es decir de todo este sistema también se derivan problemas bastante graves.
Gracias por las sucesivas aclaraciones
15/11/2004 09:08
Para informarte de si las subcomunidades están inscritas en el título constitutivo lo mejor es que acudas al registro de la propiedad, aunque si el administrador te facilita una copia del titulo constitutivo y estatutos y te fias de él, pos vale.
En cuanto al esquema que me describes es un poco rarete: me explico. cuando hay subcomunidades, cada subcomunidad (lo que tu llamas portal), puede tener sus propios organos rectores: presidente, administrador y Junta. El presidente de cada una de las subcomunidades y el presidente del edificio constituyen la junta rectora que se ocupa de los problemas que atañen a todo el edificio. Y lo mismo ocurriría con la figura del administrador. No sé si es ilegal que una misma persona desarrolle este cargo en distintas subcomunidades, pero si que opino que esto puede dar lugar a mas altercados y confusiones.
La base que necesitas para que el funcionamiento por subcomunidades sea legal de cara al registro es qeu las subcomunidades esten inscritas en el propio registro. Sino, este funcionamiento no es que no sea válido en la practica, pero a nivel teorico el registro solo reconoce una comunidad, con una sola contabilidad y solo unos cargos electivos.
perfil GOP
17/01/2020 14:22
josejuan
Buenos días
Tres comunidades de propietarios tenemos una zona común compartida (jardín) y vamos a acometer las obras de reforma,existiendo total acuerdo entre ellas para acometer las obras.
En el registro cada comunidad tiene la parte que le corresponde de dicho jardín escriturada
A la hora de solicitar licencia de obras ordinaria (hay movimiento de tierras) en el Ayuntamiento de Madrid en el impreso solo figura una apartado de persona interesada
Las preguntas son:
- El ayuntamiento aceptara conceder la licencia si la realizan conjuntamente las tres comunidades (figuran las 3 en la solicitud)
- En caso afirmativo, el ayuntamiento aceptará la parte alícuota del pago de las tres comunidades (tres pagos que sumen el total de las tasas a cancelar) para que cada comunidad tenga su recibo de pago.
No tiene ninguna ventaja para nosotros constituir una mancomunidad pues llevamos funcionando 50 años independiente sin ningún tipo de problema
Un saludo y gracias
18/01/2020 12:42
josejuan
En cualquier caso, no veo lógico ni practico, que haya una administrador distinto por cada portal.
19/01/2020 17:01
josejuan
Lea su escritura de compra del piso o local y, en su caso, de la plaza de garaje. Vaya al Registro de la Propiedad y solicite una copia de la Declaración de Obra Nueva y Estatutos de la finca. Y lo que allí esté escrito.
Si SON UNA SOLA FINCA, entonces solo habrá una Comunidad, Comunidad en la que se podrán constituir dos subcomunidades, la de viviendas y la de garajes.