Es de suponer por lo expuesto que la demanda la inició la Comunidad. Si la sentencia determinó único culpable al Constructor, ¿hubo condena en costas?. En caso afirmativo todas las costas de todas las partes creo que las deberá abonar el Constructor. Si no hubo condena en costas cada parte abona las suyas, por lo que los propietarios solo deberán hacerse cargo del pago a su abogado y procurador. Un saludo.
Tras una demanda a los constructores, la sentencia determinó como único culpable de los fallos de construcción al constructor, liberando al arquitecto,aparejador y sociedad promotora.
El problema surge ahora que la mayoría de los propietarios se niega a pagar las costas, que pueden hacer los propietarios dispuestos a pagar y no meterse en más embrollos legales.