La LPH dice quienes puede determinar las cuotas:
1º El propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos,
2º por acuerdo de todos los propietarios existentes,
3º por laudo o resolución judicial.
Lo de "la cuenta de la vieja" no encaja en ninguna de las tres opciones, fácil no lo veo, sobre todo si media la instalación de ascensor, por poner un ej, en cuyo caso habría que acudir al punto 3º; en este supuesto, el presidente necesitaría la aprobación de la junta para acudir a la vía judicial?.
Lo de usar el 0,144 no es mezclar ni cambiar nada del título constitutivo sino razonar el 10% por la regla de tres mencionada por ZUENETXEA y no "la cuenta de la vieja" 100/10=10%
Un saludo
Si en el titulo constitutivo tienes 0.144% en la total finca, luego llamada comunidad general, principal o también mancomunidad cuando se formen, hay también debe figurar:
1º.- Las cuotas de todas las unidades de propiedad de tu edificio, pisos, locales y garajes si los hubiera
2º.- Si hubiera mas bloques vendría también sus cuotas.
En tu escritura si puede haber un error, pero en el titulo constitutivo no, porque el notario y el registrador lo hubieran detectado.
Vamos a dar por bueno que en el titulo no figura la cuota de participacion en tu edificio, lo bueno es que si tienes la de total finca, entonces, la LPH dice quienes puede determinar las cuotas:
1º El propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, 2º por acuerdo de todos los propietarios existentes, 3º por laudo o resolución judicial.
Como todos los pisos tienen los mismos metros, lo tenéis bien fácil, con la "cuenta a vieja" a prorrata es decir a partes iguales.
Acuerdo en junta por unanimidad, escritura notarial y registro, lo de mezclar la cuota 0,144 para sacar la cuota, no es legal, esa cuota esta ya repartida en el modulo 100 de lo que llamas la comunidad principal, es inamovible, lo mas sencillo es esa opción que la LPH da cuando la cuota no la reparte el promotor, en caso de que no exista acuerdo, se tendría que optar por la tercera vía, que el juez decida.
PD. Puede que os exijan la modificación del titulo constitutivo existente.
Saludos y suerte/Juanchito
Yo tengo un problema parecido en las escrituras pone que se podrian crear 4 comunidad o una sola. Según el administrador que no es de fiar y no suelta un papel dice que esta constituida una comunidad de parking y chalets.
Lleva desde el principio haciendo las juntas asi el problema es que a venido un gasto general y obliga a pagar a los locales y pisos que me parece bien pero el problema es como hace las cosas, engaños, estafas etc... Ahora bien mi pregunta es ¿Los acuerdos de esa comunidad son validos? ¿pueden obligarme a pagar las obras? Yo en principio quería pagar pero ya me están cabreando por los engaños continuos. Cambien deciros que las obras son en un muro que no pertenece ni a la comunidad es para quitar un riegos por que el propietario del muro ufff vamos vecinos buenos
Simplemente sume las cuotas sobre el total de la comunidad de los 10 pisos que componen su subcomidad. Para eso, claro está, debe reunirse con todos los vecinos que la componen.
Luego sumelas. Le dará un resultado X.
Para saber la cuota en relación a lasubcomunidad, multiplique la cuota de cada piso por 100 y divida entre X.
La suma de las cuotas resultantes sumará 100, y será las que cada piso tenga sobre la Subcomunidad
El tema es que no hay cuota, solo la que pertenece a la comunidad general. Sin esta cuota como se calcularía la cuota de la subcomunidad?. Muy interesante lo de la regla de tres, gracias
1 .- Olvídese del catastro, que no pinta absolutamente nada en este tema.
2 .- Vea el título constitutivo, a ver como está creada la comunidad, y las subcomunidades si es que existen.
se trataría de sumar todos los coeficientes individuales refereidos a la COMUNIDAD de los 10 vecinos de su SUBCOMUNIDAD, y hacer un nuevo coeficiente sobre base 100 con una regla de tres.
Ejemplo. Si en su SUBCOMUNIDAD hay 5 vecinos con cuota 0,144 y 5 con cuota 0,166, el total sería 1,55.
Por tanto, para las cuotas de la SUBcomunidad, a los pisos de cuota 0,144 les corresponde (0,144x100)/1,55 = 9,29% y a los de cuota 0.166 les corresponde (0,166x100)/1,55 = 10,71%
En primer lugar agradecerle su respuesta. Punto 8º.- en el título constitutivo solo aparece la cuota de participación (0,144) dentro de la COMUNIDAD PRINCIPAL o tambien llamada COMUNIDAD GENERAL (para diferenciar de lo que es la subcomunidad) esa es la cuota que pone en mi escritura, y que se refiere a la cuota dentro de la comunidad, pero no hay ninguna referencia en cuanto a la cuota de MÍ SUBCOMUNIDAD. Desde siempre se ha venido pagando la cuota de dicha subcomunidad a partes iguales pero no hay nada escrito que esto deba ser así, salvo que se de por hecho que 100 % repartido entre las diez viviendas de la subcomunidad el resultado sería 10 % de cuota (según el catastro todas las viviendas (10) de la subcomunidad tienen la misma cuota respecto a la comunidad principal o general, se supone que por tanto tendríamos que tener la misma cuota en la subcomunidad?...............
Haber Búfalo, como nadie se quiere mojar, lo hago yo:
Aunque es para mi un poco complicado contestarte, puesto que los datos que das son confusos.
1º.- El promotor de las viviendas, en la notaria realiza el titulo constitutivo una vez hecha la declaración de obra nueva donde le dice mediante escritura al ayuntamiento, que en el solar que tributaba como tal, se van ha construir X viviendas, para que las viviendas paguen el IBI como fincas independientes.
2º.- Solo hay un titulo constitutivo, no hay uno para lo que tu llamas comunidad principal (no se a que te refieres) y otro para una subcomunidad.
3º.- Pongamos por ejemplo que un promotor en un solar despues de hacer la escritura de obra nueva, piensa construir una urbanizacion, serán tres edificios con sus locales comerciales, y varios parkins a cielo abierto, en el notario se formalizara la escritura de división horizontal (termino usado pocas veces en el foro) o también llamado titulo constitutivo,. donde figurara en primer lugar la primera fase ya construida o en construcción con sus locales comerciales, y treinta parkins a cielo abierto, el promotor asignara una cuota de participación a cada piso y locales comerciales en el edificio donde todas ellas agotaran el modulo 100, luego como existirán zonas comunes, les dara otra cuota de participación a cada uno de ellos en la total finca, y a los treinta parkins también (solo total finca), hara constar que piensa edificar la segunda fase, y hara lo mismo que con la primera, y luego hara constar que como no ha agotado el modulo 100 de total finca, piensa construir la tercera fase en el resto de solar con X parkins.
3º.- Hara constar si no ha agotado el modulo 100, que se reserva el derecho de construir en la zona que queda en un plazo de X tiempo, o que como ha agotado el modulo 100, dara por finalizada la división horizontal, otorgara y quitara derechos, redactara los estatutos y otras mandangas que la ley le autoriza.
4º.- Si un titulo constitutivo solo tiene una cuota de participacion, es que no hay zonas comunes.
5º.- Si en un edificio hay garajes, estos pueden ser anexos y la cuota va incluida con el piso.
6º.- Si en un edificio hay garajes y son independientes de los pisos, los garajes formaran no una subcomunidad, sino su propia comunidad, tendrán la cuota del edificio igual que los pisos, y al ser un proindiviso, tendrán para repartir sus propios gastos mediante una participacion indivisa, y contribuirán con la cuota que tiene en el edificio, a los gastos que en este les corresponda.
7º.- Si lo que dices de una comunidad con diez viviendas, y no tiene zonas comunes, jardines, piscina etc, solo tendrán una cuota de participación, las zonas comunes como patio, escalera, tejado etc. no tienen cuota aparte.
8º.- Si hay diez viviendas con los mismos metros, puede haber cuotas distintas, basta con mirar la escritura de cada vivienda que es lo mas sencillo, o el titulo constitutivo, hay figurara las cuotas de cada vivienda, por supuesto que debe estar registrado, no es obligatorio.
Es un poco complicado, pero fácil de entender, puede que todo el rollo que he metido no este relacionado con tu pregunta, si no es así, facilita mas datos.
Buenas tardes, en las subcomunidades, quién o cómo, se determina la cuota de participación si no viene reflejada en el título constitutivo de la comunidad principal ?. Bastaría simplemente repartir el
100 % entre las viviendas (sólo hay 10 viviendas, cinco plantas, con los mismos metros cada una).
Dicha cuota tendría que estar debidamente documentada y registrada ?.