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Comunidad derramas aprobadas y acusaciones

4 Comentarios
 
Comunidad derramas aprobadas y acusaciones
20/12/2021 12:45
Buenos días. Soy presidente de una comunidad y me presté voluntario en la junta donde a su vez se aprobó hacer derramas por desprendimientos de fachada, en varios plazos y en la siguiente junta extr. , se presenta un presupuesto de obra por parte del administrador y otro por el vicepresidente, teniendo también una tasación del arquitecto que hizo el informe de daños urgentes como también otros por deterioro . Hasta ahí bien salvo que en el primer plazo ya hay casi el 20% de morosidad y en la segunda el 30% . A este inconveniente se suma otro, de poner en duda la validez de las actas, creando una agitación por parte de un sector que presenta otro presupuesto casi copia del aprobado con recortes en distintos puntos a reparar dejándolo un poco más barato, pero después del aprobado en acta. Soy enfermo renal, trasplantado y estoy sufriendo subidas de tensión sanguínea perjudiciales y tengo incapacidad absoluta y jubilación por enfermedad.
¿Que puedo hacer?
Muchas gracias.
20/12/2021 15:16
su pregunta al que puedo hacer tiene dos vias:
Que puedo hacer referente a las obras.
O que puedo hacer referente a sunpresidencia.
A la primera: no entiendo cuando dice que existe problemas con las actas: explique el problema.
Si se presenta un nuevo presupuesto despues de haber aprobado otro, pues el nuevo presupuesto es como si no existiese, ahora bien, puede realizar otra junta para volver a tratar el tema de presupuesto y el otro punto sería, que la obra no se empezase hasta que no este el 100 por 100 del presupuesto en la cuenta corriente.
Referente a su salud y su cargo, lea el art 13.2 de la LPH
. El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3 resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.
20/12/2021 20:34
Muchas gracias Jalisco.
Pues en la primera pregunta, parece que buscan la forma de invalidar el acta de la junta extraordinaria donde se aprobó el presupuesto de un total de dos más la valoración estimada del arquitecto, parece que pretenden alegar la falta de más presupuestos, pero no olvidemos que hay peligro por desprendimientos y no se debería demorar más.
En la segunda se da el hecho de que me ofrecí voluntario a presidente por mi condición de jubilado y ser residente en este edificio todo el año.
El problema es que ahora con esta agitación mi tensión sanguínea está aumentando mucho y lo tengo totalmente contraindicado.
Por otro lado, tenemos un administrador que yo pienso que debería involucrarse más.
Muchas gracias.
20/12/2021 20:55
Ringo1
Deben implicarse más tanto el administrador como el arquitecto.
Los presupuestos deben ser estudiados por el arquitecto que rechazará todo aquel que no cumpla con las especificaciones de su informe. A continuación el arquitecto propondrá el que le parezca mejor y la junta decidirá sólo entre los que cumplen con sus especificaciones.

En cuanto al cargo de presidente, lo mejor es aclarar en la junta que si no colabora todo el mundo sin excepción (y la colaboración empieza por no poner palos en las ruedas), Vd. dimite. Por tanto, o todo el mundo se compromete a facilitar las cosas o Vd. pide el cese inmediato y si no lo aceptan lo solicita ante le juez. Vistas sus circunstancias personales es muy probable que el juez acepte que deje el cargo.
20/12/2021 23:04
No se preocupe en absoluto, todo el mundo tiene derecho a impugnar, pero del dicho al hecho va un abismo.pero esa impugnacion no tiene recorrido alguno dado que no existe obligacion alguna por sunparte de presentar más de un presupuesto, o si no queclompresenten ellos.
Además para impugnar se tiene que contratar abogado y procurador e ir al juzgado y el abogado ya les dirá que no podrán impugnar.
A lo mejor quien se tiene que controlar e intervenir menos es usted.
Haga una carta al juez de primera instancia de su ciudad le expone el caso de forma excueta le dice sus problemas medicos y lo acompaña con informes médicos, en un mes o dos tiene la respuesta y es totalmente gratis
En internet seguro que encuentra un borrador