mi pregunta es que si una comunidad tiene que presentar la declaracion de la renta o algun tipo de documentacion anualmente en hacienda. por que solamente tenemos los gastos de mantenimiento de la comunidad, y no tenemos nigun trabajado ni nadad. gracias por vuestra ayuda.
Cuando una Comunidad de Propietarios, se dedique tan sólo a administrar y conservar el edificio, y a distribuir las cargas que ello conlleve entre sus comuneros, no será sujeto pasivo del IVA y no tendrá derecho a la deducción ni a la devolución del IVA que soporte. Al no ser sujeto pasivo del IVA, tampoco deberá repercutir IVA
Tampoco tiene que presentar la declaración de la renta por que no tiene personalidad juridica.
No tiene que presentar nada. No tienen que liquidar IRPF pues tampoco tienen trabajadores.
Tengo mis dudas al respecto. ¿Que ocurre con las retenciones profesionales del administrador, y otros profesionales como abogados, procuradores, arquitectos, o bien sueldos de personal como jardineros, realización de obras de reforma o reparaciones por empresas e incluso intereses de cuentas bancarias?. Un saludo a todos.
Generalmente es el unico caso en que las Comunidades deben presentar declaraciones al Fisco. En el caso de los trabajadores y las retenciones de los profesionales se debe liquidar trimestralmente a Hacienda los importes retenidos. Se hace rellenando el modelo 110. Una vez al año se presenta el modelo 190 que es el resumen anual de los 4 modelos trimestrales 110.
Si hay profesionales por medio, si tiene que hacer las declaraciones del IRPF, pero ese no es el caso que este Sr. expuso.
Pues dice que solo tiene el gasto del mantenimiento del edificio, no habla para nada de asesoria, ni de administración del edificio
Gracias Carlos por tu clara contestación. ¿Que medidas se podría tomar si el Administrador de una Comunidad no está cumplimentando anualmente los impresos trimestrales 110 y el resumen anual en impreso 190 ante Hacienda?. ¿Que responsabilidad tendríamos los propietarios en caso de una inspección?. ¿Sería solo responsabilidad del Presidente y su Junta Directiva?. Gracias nuevamente a todos.
El administrador que tienen en la comunidad, lo hace como persona fisica o representando a una Sociedad?.
SI actua como representante de una sociedad, no tiene retención de irpf.
SI lo hace como un profesional, si.
Primero, tiene que ver como le esta pasando sus honorarios, y si en ellos lleva la retención.
La responsabilidad es del administrador.
Pero en principio, si pasan una inspección de hacienda, hacienda reclama a la comunidad, y esta tendrá que reclamar al administrador.
La responsabilidad es de la comunidad, ya que esta es quien aprueba las cuentas del ejercicio.
¿Se ven ustedes las cuentas?
En las juntas de propietarios es donde se deben ver estas cosas y hacer las reclamaciones oportunas a los presidentes y a los administradores, pero tenga usted encuenta que en algunas comunidades se intenta no pagar al fisco, ahorrandose unos duros los comuneros, y se lo digo por propiea experiencia, que para que las cosas fuesen legales, en el acta de las junta donde se aprobaban los presupuestos, se dejaba muy claro la postura del administrador, que era pagar IVA y IRPF.
Si por mi fuese hacienda obligaria a las comunidades de propietarios ha hacer una declaración de IVA y de las empresas que facturan mas de 3.000 euros.
Le repito la responsabilidad la tiene tanto usted como su presidente, si ve que esto ocurre, mandele una carta al administrador y otra al Presidente solicitando que en la proxima junta se debata este punto y que lo pongan en el orden del día. Se llevará usted una sorpresa, seguramente.
mi pregunta a sido por que solo pagamos los gastos de la comunidad, y cuando digo los gastos pueden ser como la luz, agua, seguro, y en algunas ocasiones cuando hay reparacion de albañileria la hace una persona particular ( nos es una empresa). tambien los gastos de administrador no tenemos por que la administracion la llega un vecino, y la unica contraprestacion que recibe es que no paga comunidad mensualmente. gracias por favor desearia constetacion ha estos temas.
Por la lu, agua, seguro etc, no tiene que hacer ninguna declaración a hacienda,: Pero por las reparaciones, si, siempre que sea un profesional y declare pues si es un chapuzas lo tiene usted mal porque ni le dará factura, con lo cual es una inregularidad, pero que se comete mucho en las comunidades de propietarios, y el vecino, debe hacer una factura a la comunidad, aunque se compense con los gastos, y aqui cabe la retención de IRPF, y posterior declaración a Hacienda, pero como el albañil, tampoco querra dar factura.
^Ya lo comprobará.
Feliz Navidad y de todas formas en mi pagina web hay un articulo sobre el IVA y las comunidades de propietarios.
valcap.es