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comunidad de vecinos

3 Comentarios
 
perfil max
13/08/2004 21:47
Claro que tienes derecho a llave si tu local ahora es legalmente vivienda ,tambien tienes derecho de que te convoquen a todas las reuniones , que te informen de todos los acuerdos y tienes derecho a voto,,si tu vivienda esta legalmente convertida no eres ni mas ni menos que el resto de los vecinos,,la diferencia estara,,y mira los estatutos para saberlo, en que tal vez tu piso este exento de los gastos de limpieza y conservacion de escalera que es lo usual en los locales y como no vas a hacer uso de los mismos si los estatutos te eximen de este gasto tu cuota sera inferior,,pero en el resto de derechos y obligaciones eres exactamente igual que los demas,
perfil Min
13/08/2004 12:40
Muchas gracias por tu respuesta,pero aún me quedan dudas. porqué le niegan el derecho a tener copia de llave a los propietarios de plazas de garaje?al ser yo propietaria de lo que antes era un local será equivalente? dado lo poco que pago de gastos de comunidad dudo mucho que esté pagando lo mismo que cualquier otro copropietario por lo que me queda la duda de si tengo los mismos derechos.De todas formas he pedido que lo consulten al administrador, aunque está de vacaciones. Era por saber si se lo puedo exigir o no.Muchas gracias
perfil max
13/08/2004 09:26
Si perteneces a la comunidad tienes los mismos derechos como cualquier otro propietario,,piensa que aunque no compartas portal o escaleras en el computo del total del edificio que es 100 ti tienes un porcentage o coeficiente que estara en tus escrituras,y eres propietario en ese porcentaje de todas las partes comunes,,asi si te estropea el tejado aunque a ti no te afecte tendras que pagar la derrama,,si hubiera que poner un ascensor aunque tu no lo uses tendrias que pagar tu parte como propietario del edificio, pintar la fachada aunque no sea tu parte.,etc,etc,
Con lo cual tienes derecho a llave del portal y del garage de los cuales tambien participas como copropietario
Comunidad de vecinos
perfil Min
12/08/2004 20:17
he adquirido un piso que anteriormente era un local situado en una primera planta, y del que se ha hecho la transformación en vivienda con todos los trámites necesarios.No comparto el portal ni escaleras del resto de vecinos del bloque de viviendas al que pertenezco, ya que se accede por otro portal adyacente creado.pero pertenzclo a dicha comunidad (20-22) ¿tengo los mismos derechos que cualquier propietario de vivienda del bloque adyacente (22)(derecho de voto en las reuniones, ?) el caso es que los gastos de comunidad que pago son mínimos porque no comparto escalera ni ascensor, pero ha alquilado un garaje y me gustaría saber si tengo derecho a pedir la llave del mismo para usarlo desde el garaje a la salida, derecho que creo tienen reservado a los propietarios de viviendas (en mi caso ahora el local ya es 1 vivienda). muchas gracias.