Hola, agradecería respuesta a la siguiente consulta:
Llevo 17 años sin abonar las cuotas a una comunidad de regantes (en adelante, CR) de la que soy participe, el motivo es que debido a que en la zona afectada, comprendida por varias parcelas de 1000 metros cada una, más de un 90% estan construidas ya que pese a ser irregular levantaron chalets en su día, y yo, al no tener intención de construir, de hecho mi parcela sigue aun de origen, decidí no pagar las cuotas pues entendía que principalmente iba dirigida para mejoras de los que allí vivían (pusieron puerta de entrada a la zona, etc), y no para el fin que se busca y debe ser en una CR, lo cierto es que tras no tener noticias durante todo ese período de la CR ya que deje a asistir a las reuniones, me ha llegado una carta certificada del Presidente según al cual se me exige el pago del total de la deuda acumulada durante todos estos años.
de la de la deuda.
Mi duda y pregunta, aunque probablemente deba abonar las deudas contraídas, pues las mismas, aunque a beneficio de los moradores, están "camufladas" como mejoras para la CR y puedan ser legales, ¿qué plazos de prescripción rigen, cuatro, cinco o quince años?. En el escrito recibido se me detalla lo adeudado por conceptos y su totalidad, ej: contenedores: 600 €, agua: 200 €, otros gastos: 500 €; total: 1300€, ¿tengo derecho a que se me detallen todos los conceptos pormenorizados por años y sus cuotas? por ej: contenedores: desde X día hasta el día Y, a 6 euros al mes= 600 €.
Muchísimas gracias.