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comunidad de propietarios

1 Comentarios
 
20/10/2011 14:22
Licencia de obras al Ayuntamiento, siempre hay que solicitarla.
Tiene que haber acuerdo de Junta General.
La obra no hay que inscribirla en el Registro de la Propiedad, no sirve para nada.
Lo que si podreís inscribir, en su momento es la deuda y embargo correspondiente sobre los morosos.
Comunidad de propietarios
20/10/2011 11:29
Hola compañeros, ésta es mi duda: en mi comunidad de donde vivo tenemos que arreglar las tuberías generales porque van a reventar, pero tenemos 2 vecinos morosos y un piso que lo tiene el banco. Los vecinos tenemos que hacer una derrama, y claro, vamos a tener que pagar la parte de los morosos. ¿Tenemos que inscribir la obra que vamos a realizar en el registro de la propiedad para que tenga validez y así poder reclamar a los morosos y al banco su parte de derrama (que nos va a tocar pagar a nosotros), ? ¿ó con el libro de actas sobra, donde conste todo lo que está pasando? ¿si inscribimos la obra que vamos a realizar en el registro de la propiedad, tenemos que pedir licencia de obras al ayuntamiento?

Gracias.