He comprado un piso a una señora que era dueña del edificio entero. Hace 2 años, supongo que con idea de vender, esta señora constituyó el edificio en propiedad horizontal, describiendo todos los pisos, aportando cuotas de participación y definiendo las normas por las que habría de regirse "la comunidad que surja en este inmueble" en un reglamento añadido a la escritura que hizo ante notario y que inscribió en el registro de la propiedad.
Ahora quisiéramos poner a funcionar esta comunidad de propietarios y no sabemos cuáles serian los pasos. Pueden ayudarme? Gracias
Hola comunera:
Mira te copio esto que saqué de otra web, te digo que también está muy bien y dispones de articulos y modelos es www.comunidadvecinos.com
" Pasos para constituir una Comunidad de Vecinos
1º - Comunidad: Reunir a todos los propietarios de la futura comunidad, y crear el acta de constitución (ver Modelos), en la que se nombrará un Presidente y un Secretario. En la misma, se autorizará a ambos a representar a dicha comunidad a efectos de su legalización, obtención de su CIF y apertura de una cuenta corriente a nombre de la misma.
2º - Papelería: Comprar un libro de actas en cualquier papelería. Normalmente se compone de 100 folios, y suele costar unos 12 euros.
3º - Registro de la Propiedad: Aportar el libro de actas en el Registro de la Propiedad. Allí le pedirán que rellene un impreso firmado por el Presidente de la Comunidad. Es importante que el libro se presente sin haber escrito nada en él y con todos sus folios. En diez días aproximadamente le devolverán su libro ya legalizado, y deberá abonar unos 16 euros de honorarios.
4º - Agencia Tributaria: Llevar a la Agencia Tributaria:
Fotocopia del DNI del Presidente.
Fotocopia del acta de constitución.
Fotocopia de los estatutos que vienen en la escritura de división horizontal.
Fotocopia del folio del libro de actas donde conste el sello de legalización del Registro de la propiedad.
Igualmente, en la Agencia Tributaria te pedirán que rellene un impreso (impreso 037). Este impreso deberá ir igualmente firmado por el Presidente y cuesta unos 50 céntimos.
5º - Banco: Abrir una cuenta corriente a nombre de la comunidad de propietarios en cualquier banco. Tendrán que aportar el CIF obtenido en la Agencia Tributaria, y será representada dicha cuenta por el Presidente y el Tesorero.
6º - Comunidad: Transcribir el acta de constitución y nombramientos al libro de actas. Igualmente tendrá que transcribir al mismo las posteriores normas internas, reuniones, acuerdos....etc, que establezca dicha comunidad.
NOTAS:
Si su edificio a legalizar se compone de varios portales y únicamente desea legalizar su portal, es necesario que previamente haya legalizado todo el edificio.
Una vez legalizada la comunidad, si se designara un nuevo Presidente ó Tesorero, deberá aportar el acta del nuevo nombramiento en el banco donde tenga la comunidad abierta su cuenta, para actualizar así los datos de los nuevos cargos"