Un local comercial destinado a parking en la que hay constituida una comunidad de propietarios que opera separadamente de dos escaleras que constituyen la finca está obligada a pagar los honorarios del Administrador de fincas de una de las escaleras?
Debemos estar incluido en el seguro general de la finca? Si es así debe constar expresamente en éste que el local esta cubierto por el seguro?
Si el parking ya tiene un seguro de responsabilidad civil contratado puede quedar excluido del seguro general de la finca?