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Comunidad de propietarios: deshacer comunidad

6 Comentarios
 
Comunidad de propietarios: deshacer comunidad
perfil sar
09/10/2005 11:47
Josebaingorri,Teniendo en cuenta que no hablo de finca en vertical, sino de propiedad horizontal tumbada (adosados), y que en común solo hay antena, estructura, tejado y fachada ¿se puede deshacer la comunidad?
09/10/2005 13:17
Hola

Entiendo que una vez constituida la comunidad de propietarios y registrada solo se puede disolver por la desaparición de la propiedad.

Artículo 23 Ley Propiedad Horizontal.
El régimen de propiedad horizontal se extingue:
1. Por la destrucción del edificio, salvo pacto en contrario. Se estimará producida aquélla cuando el coste de la reconstrucción exceda del cincuenta por ciento del valor de la finca al tiempo de ocurrir el siniestro, a menos que el exceso de dicho coste esté cubierto por un seguro.
2. Por conversión en propiedad o copropiedad ordinarias.
Un saludo
perfil sar
09/10/2005 15:17
Josebaigorri: ¿a que te refieres con eso de conversiòn en propiedad ordinaria? Es que soy un poco torpe y no entiendo muchas cosas.
10/10/2005 00:53
A regirse por el Codigo Civil articulos 392 al 406 habla de comunidad de bienes
10/10/2005 00:56
O si pasa a ser de un solo propietario toda la finca, todos los adosados de un solo y pobre dueño, millonarios avemus, desde el 348.
17/05/2018 12:14
sar
hay que tener en cuenta lo que son adosados y lo que son pareados:
antena, estructura, tejado y fachada ¿ si esto es comun son pareados; si fueran ADOSADOS nos estan indicando, que puedes tirar la casa abajo, y te quedara un solar. Para entendernos las casa de los pueblos son adosadas.

seguramente no me he explicado bien, pero no importa habra que seguir pensando. Saludos
17/05/2018 12:43
sar
Que interes tiene desempolvar un tema del año 2005? Ya han pasado trece años