Soy propietaria de un piso el cual quiero vender. La presidenta de la comunidad de propietarios no me firma el documento donde se especifica que no tengo ninguna deuda contraida con esta comunidad.
Esta comunidad se formó hace unos 3 años ya que es un edificio antiguo y no se había constituido dicha comunidad. Se decidió reformar la fachada, azotea y escaleras ya que estaban en un avanzado deterioro.
Yo he pagado las derramas de dichas obras menos la última (por incumplimiento del contrato de la parte de la empresa constructora) ya que se limitó a pintar la fachada y no arregló el principal problema de goteras que había en la azotea. Tengo que precisar que tengo un techo caido y otro con una grieta y abombado por dichas goteras y que dicho constructor se ha declarado insolvente. Es una persona física, no es una sociedad.
Se me reclama el pago de la última derrama, así como cuotas como provisión de fondos sin estar aprobadas en actas y sin habérmelas comunicado antes.
He pedido que se me comunique los ingresos que cada propietario ha hecho en la cuenta de dicha comunidad, así como los pagos que se han efectuado. De dichos pagos sólo hay una factura ya que la presidenta pagó sin tener facturas. Según ella, pagaba lo que el Administrador le decía que pagara. Este Administrador ya no lleva esta comunidad y él mismo aconsejó a los propietarios que era mejor no demandar al constructor ya que sería largo y supondría gastos de abogado si lo haciamos. Yo fuí la única que voté que se le demandara ya que, de lo contrario, no nos resolvería todos los problemas que teniamos en el edificio.
Les agradecería me informaran de mis derechos y obligaciones con dicha comunidad.
Si ya tiene apalabrada la venta, recurra al requerimiento notarial de forma que la fecha de escrituración coincida con el día siguiente de finalización del plazo de remisión de la Certificación.
Aprovechando que está en el Notario, aprovecha para comunicar la venta a la Comunidad mediante Carta Notarial.
Si no la proporciona la Certificación, se convierte la Presidente en responsable de las consecuencias de la no certificación.
Si en la certificación aparece una deuda, y Ud considera que no es cierta, tendrá que hablar con el Notario sobre como lo resuelven, pero tendrá derecho a demandar a la Presidenta si, como se desprende de su escrito, ha actuado negligentemente.