Bueno, yo tengo una terraza contigua en un piso primero, que se supone es patio de luces trasero del edificio. En el documento de propiedad horizontzl consta como anejo de uso exclusivo, que no es propiedad, pero acaso es prácticamente lo mismo, pues si un día vendes el piso lo tienes que vender con la terraza aneja. Lo único que no puede ser propiedad porque es parte común del edificio pues sirve de tejado al edificio. Eso sí, si quieres taparla y hacer un cobertizo por ejemplo tienes que solicitar el correspondiente permiso a la comunidad, y necesitarías e acuerdo unánime. Te recomiendo que leas el articulo doctrinal en este mismo Web...
He comprado una casa de segunda mano con solo tres vecinos hace un par de semanas y tengo dos cuestiones. Mi cuota según las escrituras es del 22.6 %. Si se arregla la puerta del portal, ¿tengo que pagar el coste dividido entre 3 o solo lo que me corresponde según la cuota?¿y la cuota de comunidad? Por cierto, no hay estatuto de la comunidad.
Mi vivienda es un ático con su correspondiente terraza. Tengo entendido que las terrazas de los áticos son elementos comunes aunque de uso y disfrute mío en este caso, pero mis vecinos dicen que no. ¿Podría alguien aclarármelo?