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Comunidad de dos edificios, contraviniendo titulo constitutivo y estatutos

4 Comentarios
 
04/10/2022 17:56
jalisco
Tiene toda la pinta de dos promociones del mismo constructor hechas en fechas distintas (o no), que posiblemente compartan garaje, y que son dos comunidades distintas, pero que llevan la gestión como si fuesen una sola, posiblemente porque el promotor cuando acabó los edificios y antes de vender los pisos ya contrató a un administrador y por comodidad lo hizo así.
Yo creo que si lo llevan al juzgado es muy posible que ganen ya que sin unanimidad no se pueden modificar los estatutos ni el título constitutivo.

saludos
01/10/2022 18:03
Al primer párrafo:
Las dos comunidades al acordar su unión por unanimidad por supuesto que secpuede, es más, hay que legalizarlo, solicitar un CIF, inscribirsecen el Registro, tener un libro de acta y abrir una cuenta corriente, ya que lo que han creado escuna mancomunidad
Al segundo párrafo
NO, porque la mayoría ha votado, continuar siendo una mancomunidad.
Lo que me sorprende es que existan unos Titulos constitutivos y unos estatutos que digan que no puedan juntarse.
Y lo digo porque es totalmente imposible que los todos los propietarios de los dos edificios, en su día acordaron estar separados, y unos años después acordaron juntarse. Dado que para ello se necesita unanimidad.
Por lo tanto su pregunta, cuanto menos es muy extraña
01/10/2022 09:57
Dan4991
La impugnación la puede hacer cualquier propietario que se opusiera a tal acuerdo, es decir, que votará NO. Además esto no es tan fácil, tenga en cuenta que de pasar de dos comunidades a una, hay que modificar los coeficientes de participación lo que conlleva cambiar el título constitutivo, o sea, pasar por un notario y llevarlo al registro. Pero todo esto lo debe saber su administrador.
01/10/2022 08:59
Dan4991
Sin conocer con detalle la documentación y dado como usted lo cuenta, mi opiniones es que SÍ tendría éxito puesto que se está cambiando ambos preceptos reglamentarios que para su modificación requieren la unanimidad, y por tanto, mientras esto no se consiga y se registre en el registro de la propiedad, cualquier acuerdo fuera de esta exigencia es impugnable ante un juzgado.
Y sobre ésto, que dice el administrador? A caso no lo sabe? Porque esto es elemental.
Comunidad de dos edificios, contraviniendo titulo constitutivo y estatutos
30/09/2022 23:17
Comunidad de dos edificios constituida por unanimidad, de facto, contraviniendo el Titulo y los Estatutos, que establecen que cada edificio es una Comunidad. Se puede legalizar esta situación?

En un punto del orden del dia se vota "Separarse los dos edificios volviendo a lo establecido en el Titulo y los Estatutos, o seguir los dos edificios unidos" y el resultado de los votos da "seguir unidos los dos edificios". Si un propietario impugna el acuerdo, tiene posibilidades de que los tribunales sentencien la vuelta a los establecido en el Titulo y los Estatutos?.
Muchas gracias por la atención.