Buenas tardes a todos
Mi novio y yo somos propietarios de un piso que vamos a alquilar a una empresa para que vivan allí sus empleados.
En Hacienda nos han dicho que tenemos que formar una comunidad de bienes para poder emitir facturas, que hagamos un contrato privado y que lo presentemos en la Junta de Andalucía para luego dar de alta la comunidad en Hacienda. He leído por ahí que si lo que se aporta a la comunidad es un bien hay que hacerlo mediante escritura pública. Eso quiere decir que no se puede hacer el contrato privado? Tendríamos que ir a un notario?
Por otro lado, habría que presentar cuentas anuales en el Registro Mercantil ?
Sólo habría que presentar trimestralmente el modelo 300 de IVA? Se podrían declarar gastos también?
La verdad es que estamos un poco perdidos sobre éste tema y no sabemos todos los pasos y todas las obligaciones formales que debemos tener en cuenta a la hora de constituir la comunidad.
Un saludo y gracias
Tu cuestión no va más allá de hacer papeleo, encárgalo a un abogado, te lo solucionará.
No te preocupes por la escritura pública, como bien dices es cuando incorporas un bien a una sociedad o comunidad, en este caso no se incorpora sino que se constituye fiscalmente alrededor de la propiedad, es decir que es algo barato.