ojala alguien me pueda orientar. Formo parte de una comunidad de bienes al 50% con otro socio (los dos dados de alta en autonomos). Me gustaria saber, en el caso de que yo ya no quiera pertencer a la cominidad de bienes me corresponderia el 50% de la empresa. Es decir,
- ¿habria que tasar la comunidad de bienes?
- ¿donde habria que realizar la tasacion de la C.B.?
- respecto a la otra parte, ¿el otro comunero al 50% deberia adquirir mi parte?
- la unica deuda que tiene la cominidad de bienes es una poliza de credito.
- ¿se disolveria la C.B. y yo me iria de manos vacias?