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Comunidad de 3 propietarios

14 Comentarios
 
Comunidad de 3 propietarios
14/03/2016 18:42
En nuestra comunidad solo somos tres propietarios, dos de ellos se niegan a hacer cualquier obra de mantenimiento de las zonas comunes y estas presentan un aspecto casi de ruina.¿ hay alguna ley que obligue a hacer un mantenimiento? ¿puedo denunciarles por su negativa teniendo en cuenta que ellos son mayoria absoluta?
15/03/2016 17:55
Puede dirigir escrito al presidente, solicitando la ejecución de las obras. De una forma que le quede constancia, entregándole escrito con copia en mano y que firme la copia o por burofax.
Si algún día es requerida la comunidad por el ayuntamiento o dichas obras salen mas caras por su inactividad, usted podrá ir contra ellos.
29/10/2018 22:49
xira
Señores, el Presidente de la Comunidad se niega hacer cualquier obra de mantenimiento y en estos momentos a causa de las lluvias tengo goteras que están afectando a mi piso,¿ podré exigirle que me pague los daños ocasionados por su dejación de funciones? Y si finalmente me veo decido a hacerme cargo de la reparación buscando un albañil para evitar males mayores, ¿a cargo de quien serán estos trabajos? Muchas gracias
29/10/2018 23:54
xira
El presidente no tiene porque pagarle nada, sera la comunidad la responsable
Como usted arregle algo y lo abone usted, ya le digo ahora mismo que es dinero perdido.
Como supongo no habra informado al presidente por escrito del problema, debera enviarle burofax indicando que segun lo expuesto en el art. 10.1. De la LPH (BUSQUELO Y LEALO) debera arreglarle de forma inmddista su problema, que en el caso de que pasen cinco dias desde la recepcion del burofax no se pone remefio a su problema, emprendera acciones judiciales contra el
30/10/2018 17:07
xira
Hable con un abogado que le ayude. Usted puede hacer las obras en la comunidad para evitar las goteras y luego reclamárselas al total de la comunidad, usted incluido. Necesitará informe pericial que acredite el origen de los daños, facturas,... y dudo si alguna comunicación previa, que creo que si pero no tengo a mano la LPH, por eso le digo que empiece desde el principio con un abogado, pues lo va a necesitar.
También le puede servir que el profesional le haga una reclamación extrajudicial a la comunidad exigiendo la subsanación de las filtraciones y reparación de su piso, como paso previo. A veces funciona, ya que se ve que el perjudicado va en serio y alguno se da cuenta que está haciendo el tonto. Por cierto, usted no tendría que pagar la defensa jurídica de la comunidad, pues va en contra de ella, lo tendrían que hacer entre los otros dos vecinos.

Saludos
30/10/2018 17:08
muros
Y me respondo a mi mismo, por no fijarme estoy contestando a un post del 2016.

Saludos...........................................................
30/10/2018 20:03
muros
Respuesta para MUROS
Pues le agradezco que se haya equivocado de fecha , ya que el problema sigue siendo el mismo, y creo me ha ayudado muchísimo. Por cierto ustedes podrían encargarse del tema? Cuales son las condiciones?
30/10/2018 20:21
Carolinevega
Para CAROLINEVEGA
Muy agradecido por su precisa respuesta que sin duda me ayudará muchísimo en la solución de este ya viejo problema con el Presidente. Por cierto, hace ya 4 años pague aproximadamente 2000 Euros a un albañil para reparar otras goteras que aparecieron en el tejado comunitario. Lo hice, ya que el presidente no quiso hacerse cargo y el que se mojaba era yo, ya que ocupo el piso superior del pequeño bloque. Aprovecho la ocasión para mencionar y agradecer la ayuda de su colega en este FORO que firma como MUROS
30/10/2018 21:33
xira
estoy seguro que si esos 2000€ los hubiese empleado en poner una denuncia a la comunidad, ahora tendría 2000€ más.
yo le aconsejo que no arregle nada por su cuenta
31/10/2018 17:51
xira
Yo no soy abogado, si mi mujer, pero por trabajo peleo casi todos los días con siniestros en comunidades (soy agente de seguros) y veo casi toda la casuística habida y por haber. Le puedo asegurar que si va de la mano de un abogado, y haciendo las cosas bien, puede arreglar usted y reclamar a la comunidad, he visto ese tipo de reclamaciones llevadas por clientes mios contra la comunidad y ganarlas. Si reclama a la comunidad que arreglen el tejado, es otra opción, siempre estará a expensas de lo que tarde el juzgado. que luego arreglen dentro de la comunidad,...
De esas obras que ha realizado hace 4 años, si tiene factura, peritaje de los daños interiores,... es posible que aun esté a tiempo de reclamárselos a la comunidad, pero eso mejor lo gestiona con un abogado.

Saludos

PD: ¿tiene usted seguro de la vivienda? Si lo tiene solicite la asistencia jurídica del mismo para este tema
31/10/2018 17:56
muros
Para corroborar lo que digo, le expongo sentencia del TS del 2 febrero de 2016:

La sentencia del Tribunal Supremo de 2 de febrero de 2016 establece que:

«Sólo procederá el reembolso por la Comunidad de Propietarios al comunero que haya ejecutado unilateralmente obras en zonas comunes cuando se haya requerido previamente al Secretario-Administrador o al Presidente advirtiéndoles de la urgencia y necesidad de aquéllas. En el caso de no mediar dicho requerimiento, la Comunidad quedará exonerada de la obligación de abonar el importe correspondiente a dicha ejecución. No quedará exonerada si la Comunidad muestra pasividad en las obras o reparaciones necesarias y urgentes

Esto lo he sacado de la página de un abogado especialista en LPH, pero es una demanda sencilla que cualquier profesional le podrá llevar.

Saludos
31/10/2018 20:17
xira
Para Xira:

Un edificio con solo tres propietarios, no está obligado a constituir comunidad. Así, que tendrá usted que actuar contra los otros dos propietarios a título individual, no como comunidad.
Antes de iniciar ninguna acción, contacte previamente con un abogado.
Si usted tiene seguro de su vivienda, compruebe si tiene incluida la defensa jurídica y haga la consulta a la Cía.
27/09/2019 02:02
xira
¿Puede un un propietario de 75 años exigir a la Comunidad que se instale un ascensor, teniendo en cuenta que dicho ascensor deberia arrancar desde la planta baja, con lo que invadiria parte del local comercial que está logicamente en esa planta baja. Muchas gracias
27/09/2019 07:24
xira
Dependiendo de lo que diga la ordenanza municipal, puede.
27/09/2019 12:57
xira
EL año pasado terminó el plazo para adaptar los edificios a la eliminación de barreras arquitectónicas.
el art. 10,1.b de la LPH indica:
b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.
como ve el primer escollo es que si la instalación supera 12 mensualidades, los propietarios que no quieran ascensor, sólo están obligados al abono de las 12 mensualidades. o sea que si el ascensor vale más que el presupuesto anual, la diferencia existente será abonada por quien esté de acuerdo.
luego lo de la invasión del local comercial, se tiene que llegar a un acuerdo con el propietario e indemnizarle