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¿Comunidad atípica?

7 Comentarios
 
01/03/2011 10:11
De nuevo, muchas gracias

Un saludo
28/02/2011 22:25
Yo solo te explico un ejemplo que vivo, mi barrio se construyo en 1960, y desde entonces todas las comunidades del barrio se rigen por unos estatutos que se hicieron en ese año. No necesariamente debe haber unos estatutos para una comunidad determinada, y si por lo que puedo interpretar en el art. 24 serían perfectamente válidos. No obstante en la certificación literal de tu comunidad (si aparece dividida en el registro de la propiedad) deberan aparecer inscritos dichos estatutos, sino esos estatutos son mas ficticios que la comunidad que deberiaís tener todos los portales.

Un saludo.
26/02/2011 18:29
Hola de nuevo EveSpirit. Después de echar un vistazo al castrasto y que mi coeficiente coincide con el 1,44% del edificio, parece ser que efectivamente se trata del caso que aparece en el ártuculo 24 de la LPH.
Entonces me aparece otra duda, a no tratarse de la comunidad total de los tres edificios y son entonces tres comunidade diferentes, debemos tener estatutos propios por Comunidad? o ¿son válidos los de esa Comunidad "ficticia"?

Un saludo y muchas gracias

Guillermo
25/02/2011 09:18
Muchísimas gracias. Me sirve muchísimo tu mensajes


Guillermo
25/02/2011 07:39
Hola Guillermo,

Te indico el acceso a la sede electrónica del catastro:

https://www1.sedecatastro.gob.es/OVCFrames.aspx?TIPO=Consulta

Desde aqui puedes ver cualquier dirección y consultar datos como superficie y coeficientes, tambien el uso de locales (comercial, almacen, garaje...)

Si te pone dos coeficientes distintos me parece que se trata de un caso que aparecen en el art. 24 de la LPH, agrupación de comunidades. Si puedes echale un vistazo.

Un saludo,
25/02/2011 06:17
Pues muchas gracias EveSpirit, creo que me sirve de ayuda.
Aprovecho para hacerte otra pregunta , cuando te refieres a la sede electrónica del catrasto ¿te estás refiriendo a una págin web en concreto?
Porque al mirar mis excrituras pone:
Cuota de participación en el edificio total: 1.44%
Cuota o participación en la casa en la que se integra 7,43%.

muchas gracias por todo

24/02/2011 23:25
Hola Guillermo,

Veamos si te puedo ayudar, creo que necesitas saber 2 cosas diferentes, cuantas comunidades hay y donde localizar esas normas.

La forma mas sencilla de averiguarlo es:

Nº de comunidades: desde la sede electrónica del catastro, es un poco rollo pero alli determinan el coeficiente de cada vivienda (para ver el coeficiente tienes que entrar una a una), si las de tu comunidad (calle y nº) suman el 100 es que legalmente sois solo una comunidad, si no lo alcanza es que por si sola no constituye la comunidad y efectivamente sumaran el 100% del coeficiente las 4 comunidades.

Todas las normas especiales o estatutos se registran en el Registro de la Propiedad (perdon por la redundancia) y puedes solicitar una certificación literal (en la copia simple no viene) de la comunidad como propietario, alli aparecera cada movimiento legal de la comunidad y entre ellos los posibles estatutos (en Madrid cuesta en torno a los 15€).

Espero que te ayude, un saludo,
¿comunidad atípica?
24/02/2011 19:12
Otra vez os escribo para pedir vuestro asesoramiento.

Cada vez que intento indagar en cosas de mi Comunidad más sorpresas encuentro.

He pedido los Estatutos de mi Comunidad a nuestro administrador y la contestación ha sido que no tiene estatutos. Al mirar mis escrituras en el apartado REGIMEN DE COMUNIDAD, pone lo siguiente: “La Comunidad de Propietarios del bloque de edificación en que está integrada la finca descrita, compuesto de tres casas, se regirá por lo que dispone la vigente Ley de Propiedad Horizontal del 21 de julio de 1980, con las NORMAS ESPECIALES establecidas en la citada escritura de obra nueva, división horizontal y constitución de régimen de comunidad ante mí otorgada el 23 de Agosto de 1985”.
Por lo que yo entiendo deberíamos constituir una sola Comunidad de Propietarios y no cuatro como hemos sido desde el inicio de la compra a la constructora que se encargó en hacer cuatro Comunidades, una por cada uno de los tres portales (en el mismo edificio) y otra para el garaje. Hace tres años hemos creado una Mancomunidad para los temas comunes, básicamente jardín.
Mis preguntas entonces son las siguientes: ¿al ser como somos realmente, Comunidades independientes, estamos atados a los Estatutos que se refiere el contenido de mis escrituras o debemos tener Estatutos independientes? ¿Está constituida legalmente entonces nuestra Comunidad? Y si es así, si tomamos un acuerdo por mayoría en nuestra Junta General Ordinaria, contrario a los Estatutos de esa Comunidad “ficticia” ¿estaríamos incumpliendo la Ley? (una sola Comunidad para todos) de la que hablan mis Escrituras?. ¿Deberíamos tener Estatutos independientes?

En fin, creo que las preguntas no son sencillas y agradeceré cualquier aclaración que se den a mis cuestiones
P.D. Las NORMAS ESPECIALES a las que se refiere mi escritura, nunca me fueron entregadas y como por a qué entonces era un chaval, tampoco se me ocurrió que fueran importantes, así que no se a que se refieren esas “normas” ni donde las puedo conseguir
Un saludo y muchas gracias

Guillermo